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CARRERAS, CLEMENTE c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió acción contra ANSES solicitando reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de grado, validó el método de actualización dispuesto, rechazó la prescripción opuesta por ANSES y declaró inconstitucional el artículo 3 del DNU 157/2018, imponiendo costas a la demandada.

Reajuste de haberes Anses Reparacion historica Isbic Pbu Impuesto a las ganancias Prescripcion Dnu 157/2018 Costas Quiroga (fallo/csjn).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Clemente Carreras (actor). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales y liquidación de retroactivos. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste y la liquidación conforme a los criterios aplicados por el a quo; se rechazaron los agravios de ANSeS sobre la procedencia de trámites de Reparación Histórica, el método de actualización y la aplicación del impuesto a las ganancias; se rechazó la excepción de prescripción; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En cuanto a lo informado por Anses respecto que el actor inició el trámite de Reparación Histórica, cabe señalar que en el Sistema de Gestión Judicial Lex100 no figura vinculado expediente alguno correspondiente al mencionado programa y consultado el sistema tampoco figura ningún expediente iniciado bajo el nombre del actor en la jurisdicción. Asimismo, la demandada no acompañó prueba que permita corroborar sus dichos. Por ello, corresponde rechazar lo solicitado." "En relación a la crítica sobre la aplicación del modo para la actualización de las remuneraciones del actor, la cuestión a dirimir en la presente causa es sustancialmente análoga a la planteada por la ANSeS en los autos FRO 18052/2017 caratulados: 'DACCARO, MIRIAN DEL ROSARIO C/ ANSES S/ REAJUSTES DE HABERES' y que fue rechazada por esta Sala mediante Acuerdo del 4 de abril de 2019, a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente, corresponde remitirse por razones de brevedad y economía procesal. En consecuencia, se procede a confirmar el modo dispuesto en la sentencia apelada para la actualización de las remuneraciones de la parte actora." "En cuanto al agravio sobre la aplicación del plazo de prescripción del artículo 82 de la ley 18.037 corresponde su rechazo, dado que de las constancias de autos surge que la ANSeS no contestó la demanda. En este sentido, la CSJN en el precedente 'DOMÍNGUEZ, AMPARO CARMEN C/ ANSES S/ REAJUSTE POR MOVILIDAD', Sentencia del 24 de abril de 2003, sostuvo que '…el a quo está impedido de aplicar la prescripción liberatoria de oficio (art. 3964 del Código Civil), toda vez que ello implicaría un apartamiento de la relación procesal pues ni la actora ni su contraria han aludido a esa cuestión en sus respectivos escritos de demanda y contestación, por lo que no había integrado la relación procesal ni tampoco fue opuesta oportunamente por el organismo en sede judicial (art. 3962 del código citado)'." Adicionalmente, respecto de las costas y tributos, la Cámara sostuvo: "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 68 del CPCCN, por remisión del artículo 36 de la ley 27.423." En voto concurrente se consideró asimismo: "las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales... no resultan ser ganancias gravadas", ampliando el criterio de la CSJN citado.

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