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LOPEZ, SERGIO RICARDO c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD -IOSFA- s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para obtener la cobertura integral de medicamentos prescritos para cáncer de pulmón. La Cámara Federal de Resistencia rechazó la apelación del IOSFA y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura al 100% por considerar acreditada la urgencia, la prescripción médica y la obligación institucional de garantizar el derecho a la salud.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sergio Ricardo López. Demandado: Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA). Objeto: Cobertura integral al 100% de medicamentos Carboplatino, Pemetrexed, Pembrolizumab, Ácido Zoledrónico, Ácido Fólico y vitaminas B1, B6 y B12, prescritos con carácter urgente para tratamiento de cáncer de pulmón. Decisión: Se rechazó la apelación interpuesta por IOSFA y se confirmó la sentencia de fecha 28/02/2026 que hizo lugar al amparo y ordenó la cobertura integral y sin dilaciones de las prestaciones solicitadas; se impusieron las costas a la demandada y se ratificaron los honorarios regulados a la abogada del actor (detallados en 6 UMA y 2,4 UMA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del tribunal): "En tales condiciones no es ocioso destacar que, a partir de la reforma constitucional de 1994, el derecho a la salud se encuentra expresamente reconocido con jerarquía constitucional por el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, en cuanto incorpora con tal raigambre a los tratados allí enumerados. Entre ellos, la Declaración Universal de Derechos Humanos que en su art. 25 dispone que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure también a su familia, la salud y el bienestar y especialmente, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios." "Por todo lo expuesto, el argumento que pretende introducir la recurrente para justificar la negativa a otorgar la cobertura solicitada, no resulta excusable para eximirse de la obligación. ... En definitiva, en el presente caso emerge la necesidad de que el Sr. López con la medicación indicada con cobertura del 100%, sin dilaciones, lo que no fue cumplido por la accionada, por lo que corresponde rechazar el agravio al respecto." "Teniendo en cuenta la índole de la tarea realizada, la naturaleza de la acción interpuesta y la trascendencia que para el interesado tuvo el caso planteado (cuestión de salud), tal lo adelantado, estimamos razonable el monto fijado por el Juez de la anterior instancia, suma que consideramos retribuye adecuadamente la labor profesional."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia relevante; la resolución se dicta por mayoría.

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