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POSADA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó reajustes por movilidad del haber previsional adquirido el 01/02/2017. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó parcialmente la sentencia de primera instancia: ordenó recalcular el haber inicial aplicando la doctrina Elliff/Blanco para aportes en relación de dependencia y confirmó el criterio de Makler respecto de aportes como autónomo.

Reajustes por movilidad Haber inicial Elliff Blanco Makler Isbic Ripte Aportes en relacion de dependencia Aportes autonomos Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: POSADA, JUAN CARLOS. Demandado: ANSES. Objeto: reajustes por movilidad y recálculo del haber previsional impugnando el cálculo administrativo (Res. ANSES 18/7/2018). Decisión: la Cámara revocó parcialmente la sentencia de fecha 16/08/2023 para ordenar el recálculo del haber inicial respecto de los aportes en relación de dependencia conforme a la doctrina Elliff/Blanco; confirmó la sentencia en lo relativo a los aportes como autónomo siguiendo Makler; declaró desierto el agravio de ANSES sobre la supuesta aplicación de Elliff por el juez de grado; impuso costas de alzada a ANSES y reguló honorarios en 35% de lo que se fije en primera instancia para el letrado actor. Fechas relevantes: adquisición del beneficio 01/02/2017; resolución administrativa 18/07/2018; sentencia de grado 16/08/2023; firma de Cámara 03/07/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "III.
- Respecto a los agravios de la actora referidos al recálculo del haber inicial, cabe señalar que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las examinadas por ambas Salas en los autos: 'Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSES -Reajustes Varios-' ... en los que se confirma la aplicación del precedente 'Elliff' para redeterminar el haber inicial. En consecuencia, corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos y revocar el decisorio impugnado en cuanto a esta queja." "A mayor abundamiento, el criterio aquí adoptado ha sido ratificado por el Alto Tribunal, en el precedente: 'Blanco, Lucio Orlando C/ ANSeS s/ reajustes varios' de fecha 18 de diciembre de 2018, en donde, por mayoría, resolvió confirmar la aplicación del fallo 'Elliff' ... que estableció que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones debían actualizarse por el I.S.B.I.C. sin el límite temporal de la ley de convertibilidad 23.928 fijada por la A.N.Se.S. en la Resolución 140/95." "Por otra parte, en relación al agravio de la demandada respecto a la aplicación del precedente 'Makler' a los aportes efectuados en calidad de autónomo, el Tribunal comparte el criterio en el sentido que corresponde seguir los lineamientos del Alto Tribunal en los autos 'Makler, Simón c/ A.N.Se.S s/Inconstitucionalidad Ley 24.463' (sentencia del 20/5/2003), por lo que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, en cada momento histórico." "IV.
- ... de conformidad con lo dispuesto en el art. 277 del CPCCN, corresponde declarar desierto el referido agravio (Conf. arts. 265 y 266 del CPCCN)." "V.
- ... las costas de esta instancia se impondrán a la demandada (art. 36 de la ley 27.423 y 68, 1° parte del CPCCN), a cuyo fin corresponde regular los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 35% de lo que oportunamente se regule por su labor en primera instancia; no se efectúa regulación de honorarios para la representación jurídica de la parte demandada por ser perdidoso y profesional a sueldo de su mandante (arts. 2 y 30 de la citada ley arancelaria)."

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