ANTA DANIEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Sucesión ab-intestato de Anta Daniel. El Tribunal ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en el automotor Ford dominio 0WZ175 y regula los honorarios profesionales, condicionando la inscripción a aclaraciones sobre estado civil del causante.
Quién demanda: Peticionante en procedimiento sucesorio de Anta Daniel (herederos no identificados nominalmente en el extracto).
¿A quién se demanda?
No aplica
- Procedimiento de jurisdicción voluntaria sucesoria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inscripción de la declaratoria de herederos dictada en fecha 07/04/2026 en relación a bienes del causante (automotores Ford).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal ordena:
- La inscripción de la declaratoria de herederos respecto del automotor Ford dominio 0WZ175, tomando como base el certificado de dominio de fecha 23/06/2026 y título de propiedad de fecha 27/12/2025.
- Regulación de honorarios profesionales de la Dra. Nahir Estefanía Russo en suma de 35,78 JUS (equivalente a $1.778.545.
- aproximadamente).
- Certificación de pago del impuesto a la herencia conforme ley nº10.044 modificada por ley nº14.200.
- Condicionamiento a aclaraciones previas respecto del automotor Ford dominio AF430UC, toda vez que surge discrepancia en el estado civil del causante (consignado como soltero en documentación, encontrándose divorciado de Elizabeth Silvana Enrique desde fecha anterior a la adquisición del rodado en 12/07/2022).
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal, considerando el estado de autos y la valuación fiscal de fecha 02/06/2026 en base a suma total de $11.128.00 en proporción del 100%, regula los honorarios "teniendo en consideración la naturaleza, calidad y extensión de la labor realizada" conforme lo establecido en arts. 1, 10, 15 y 35 de la ley 8.904; art. 15, 16 y 35 de la ley 14.967 y art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Respecto de la inscripción de bienes, el Tribunal condiciona la misma al mantenimiento de "las mismas condiciones de dominio que las de los certificados acompañados", requiriendo aclaraciones previas del peticionante sobre la discrepancia entre el estado civil consignado en documentación y la condición real de divorciado del causante, a fin de evitar afectaciones de derechos de terceros.
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