Logo

GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TEVEZ, ALICIA VIVIANA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La abogada María Isabel Castillo solicitó regulación de honorarios por su actuación como patrocinante y apoderada en la contestación de un recurso extraordinario federal. El Tribunal Superior de Justicia reguló sus emolumentos en 30 UMA por su doble carácter de letrada patrocinante y apoderada.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Monto minimo Abogado apoderado Abogado patrocinante Honorarios del abogado Contestacion del traslado

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: María Isabel Castillo (abogada solicitante de regulación de honorarios) Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto del reclamo: Regulación de honorarios profesionales por la labor desempeñada como apoderada y patrocinante en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra sentencia de primera instancia del 17-04-2024. Decisión del tribunal: Se regularon los honorarios de la abogada María Isabel Castillo en 30 UMA por su actuación en el doble carácter de letrada patrocinante y apoderada de la parte actora, más el IVA si correspondiere. Fundamentos principales: "Con arreglo a lo previsto en el artículo 30 de la ley 5134, '[p]or las actuaciones correspondientes a la segunda o ulterior instancia, se regularán en cada una de ellas del treinta por ciento (30%) al cuarenta por ciento (40%) de la cantidad que se fije para honorarios en primera instancia'." "La Sala III del fuero confirmó los honorarios regulados por la instancia de grado a la dirección letrada y representación procesal de la parte actora en la suma de $ 750.000 (sentencia del 02-09-2024)." Esta base regulatoria, con intereses, ascendía a $ 1.440.872,50 al momento del pronunciamiento. "Toda vez que la regulación resultante es inferior al mínimo legal (cf. art. 31 de la ley 5134), los honorarios de la abogada Castillo deben ser fijados en el mínimo legal de 20 UMA por su actuación como patrocinante, más el 50% (art. 15 de la ley 5134)." El tribunal aplicó el mínimo legal establecido en 20 UMA, adicionando el 50% correspondiente a su labor como apoderada, resultando en 30 UMA totales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar