GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN CASCINO, SANDRA VIVIANA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El GCBA interpuso queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad en causa sobre diferencias salariales de empleada pública. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por deficiencia en la fundamentación y ausencia de crítica concreta a los motivos que tuvo la Cámara para denegar el recurso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Demandado: Sandra Viviana Cascino (en el proceso original) Objeto de la demanda: El proceso originario versaba sobre cobro de diferencias salariales por cumplir tareas de mayor jerarquía a la que se encontraba encasillada la actora. Posteriormente, el GCBA cuestionó mediante queja la denegación de su recurso de inconstitucionalidad. Decisión del tribunal: Por mayoría, el Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja interpuesta por el GCBA. Fundamentos principales de la decisión: En cuanto a los fundamentos de la mayoría (votos de los jueces Santiago Otamendi, Luis Francisco Lozano y la jueza Alicia E. C. Ruiz): "La queja no rebate el auto denegatorio. En efecto, los agravios —tal como han sido planteados— no critican concreta y fundadamente las razones dadas por la Cámara al denegar el recurso de inconstitucionalidad: que no se verificaba en autos la concurrencia de una cuestión constitucional o federal. La Cámara señaló que los planteos del recurrente remitían a analizar normativa infraconstitucional y la interpretación asignada a cuestiones de hecho y prueba." "La ausencia de una crítica concreta sobre esos razonamientos hace que la queja carezca de la fundamentación exigible a ese tipo de recurso, por lo que resulta aplicable mutatis mutandis la doctrina de la CSJN en lo concerniente a los fundamentos que deben expresar las quejas por recursos denegados." "Los planteos del GCBA relativos a la arbitrariedad de sentencia que denuncia sólo ponen en evidencia su disconformidad con la solución alcanzada en tanto le fue desfavorable, pero ello no resulta suficiente para considerar que los jueces de la alzada incurrieron en un error grosero susceptible de descalificar a la sentencia en cuanto acto jurisdiccional válido. En este sentido, resulta oportuno recordar que la doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta en su aplicación, pues sólo tiende a cubrir casos de carácter excepcional." Por su parte, las juezas Marcela De Langhe e Inés M. Weinberg votaron en disidencia, considerando que: "Los jueces de la Sala II de la Cámara omitieron efectuar el análisis impuesto por la normativa aplicable, al entender que la demandada no criticó razonadamente la conclusión de la sentencia de primera instancia donde se reconocieron las diferencias salariales reclamadas —a partir exclusivamente de considerar que la parte actora desempeñaba tareas de mayor jerarquía—sin que la agente hubiera cumplido los requisitos legales y reglamentarios requeridos para la posición en el nivel escalafonario pretendido." Estas juezas propiciaban hacer lugar a la queja y revocar la sentencia que rechazó la apelación del GCBA.
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