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PROVINCIA ART S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) en CHIARELLI ALICIA BEATRIZ C/ PROVINCIA ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348 (EXPTE. N° 31431/2023)

El GCBA interpuso queja contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en causa por diferencias salariales y reencasillamiento de agente público. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por falta de fundamentación concreta y crítica suficiente de los agravios planteados.

Costas Tasas de interes Aseguradora de riesgos del trabajo Computo de intereses Indemnizacion por incapacidad Costas en el orden causado Accidentes de trabajo Tasa aplicable Recurso de inconstitucionalidad Indice ripte Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion por remision a precedente

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Luciana Paola Tufani Demandado: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Objeto de la demanda: Reconocimiento del reencasillamiento en el cargo GGU-INI-07/G y pago de diferencias salariales correspondientes entre dicho puesto y el SGM-INI-07/G que detentaba hasta mayo de 2023. Decisión del tribunal: Se rechaza la queja interpuesta por el GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad. Fundamentos principales: La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo había hecho lugar al recurso de la actora, modificando la sentencia de primera instancia y reconociéndole "el reencasillamiento en el cargo GGU-INI-07/G y las diferencias salariales correspondientes entre aquel puesto y el SGM-INI-07/G que detentaba en aquel entonces, hasta mayo de 2023, en virtud de la nueva promoción horizontal que ubicó a la actora en el cargo GGU-INI-08/G" (sentencia del 10-06-2025). Los jueces que formaron mayoría entendieron que "el demandado no ha descripto ningún elemento probatorio que permitiera contradecir las pruebas tenidas en cuentas por el juez para determinar que las funciones realizadas por el agente se correspondían con el puesto al que solicitaba ser encasillada". El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por considerar que "la queja no rebate el auto denegatorio. En efecto, los agravios —tal como han sido planteados— no critican concreta y fundadamente las razones dadas por la Cámara al denegar el recurso de inconstitucionalidad: que no se verificaba en autos la concurrencia de una cuestión constitucional o federal." Asimismo, señaló que "la ausencia de una crítica concreta sobre esos razonamientos hace que la queja carezca de la fundamentación exigible a ese tipo de recurso, por lo que resulta aplicable mutatis mutandis la doctrina de la CSJN en lo concerniente a los fundamentos que deben expresar las quejas por recursos denegados". El tribunal también precisó que "los planteos del GCBA relativos a la arbitrariedad de sentencia que denuncia sólo ponen en evidencia su disconformidad con la solución alcanzada en tanto le fue desfavorable, pero ello no resulta suficiente para considerar que los jueces de la alzada incurrieron en un error grosero susceptible de descalificar a la sentencia en cuanto acto jurisdiccional válido", recordando que "la doctrina de la arbitrariedad de sentencia es estricta en su aplicación, pues sólo tiende a cubrir casos de carácter excepcional".

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