VELASQUEZ BRUNO FIORELA DENISSE C/ PICHINAO SILVIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Recurso de apelación en demanda por daños y perjuicios derivados de accidente automotor. La Cámara declaró desierto el recurso interpuesto por la aseguradora por incumplimiento de deberes formales, pese a notificación debida. ---
Quién demanda: Velásquez Bruno Fiorela Denisse
¿A quién se demanda?
Pichinao Silvia y Compañía de Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima (citada en garantía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones o muerte
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 5 de agosto de 2025 por la aseguradora La Mercantil Andina Sociedad Anónima, concedido libremente el 6 de agosto de 2025, por incumplimiento de las obligaciones formales establecidas legalmente. Fundamentos principales: La Dra. Montoto sostuvo: "No habiendo la citada en garantía 'Compañía de Seguros La Mercantil Andina Sociedad Anónima', representada por el Dr. Pablo Esteban Visconti, apelante de fecha 5 de agosto de 2025, dado cumplimiento en debida forma con lo ordenado el 3 de junio de 2026, dentro del plazo legal, pese a encontrarse debidamente notificado (ver constancia de notificación electrónica de fecha 5/6/2026; arts. 254 y 261 C.P.C.C.) corresponde, en consecuencia, declarar desierto dicho recurso." El fundamento radica en que la aseguradora apelante, a pesar de estar debidamente notificada por medio electrónico (5/6/2026), no cumplió con las obligaciones formales ordenadas por la sentencia de primera instancia en el plazo establecido (3 de junio de 2026). Esta omisión configuró causal de deserción del recurso conforme a los artículos 254 y 261 del Código Procesal Civil y Comercial. El Sr. Juez Dr. Silva adhirió al voto anterior con idéntica fundamentación. ---
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