BARRIO JUAN DOMINGO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
Jubilado demanda por inconstitucionalidad de ley que modificó sistema de movilidad previsional. La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y reconoció el derecho a liquidar haberes conforme la normativa anterior.
Inconstitucionalidad
Prevision
Movilidad jubilatoria
Proporcion haberes actividad-pasividad
Ley 15.008
Ley 13.364
Derechos adquiridos
Regimen sustitutivo
Retribucion justa
Seguridad social
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