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BARRIO JUAN DOMINGO C/ CAJA DE JUBILACIONES SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANCO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

Jubilado demanda por inconstitucionalidad de ley que modificó sistema de movilidad previsional. La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley 15.008 y reconoció el derecho a liquidar haberes conforme la normativa anterior.

Inconstitucionalidad Prevision Movilidad jubilatoria Proporcion haberes actividad-pasividad Ley 15.008 Ley 13.364 Derechos adquiridos Regimen sustitutivo Retribucion justa Seguridad social

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