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TIBERIO JORGE EDUARDO Y OTROS S/ EJECUCION DE SENTENCIA - OTROS JUICIOS

Los actores promovieron incidente de ejecución parcial de sentencia de expropiación por edificaciones y mejoras por U$S 291.692. La Cámara confirmó el rechazo al considerar improcedente la ejecución parcial mientras penden recursos extraordinarios que pueden afectar la cuantificación final de la indemnización.

Ejecucion de sentencia Expropiacion inversa Recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley Firmeza de sentencia Indemnizacion Edificaciones y mejoras Dolar mep Improcedencia por prematuridad Tutela judicial efectiva

Quién demanda: Tiberio Jorge Eduardo y otros (expropiados)

¿A quién se demanda?

Municipalidad de General Madariaga (expropriante)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución parcial de sentencia en concepto de indemnización por edificaciones y mejoras existentes en el predio expropiado, por la suma de U$S 291.692, solicitando su conversión a pesos utilizando la cotización tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que desestimó in limine la ejecución parcial de sentencia. Fundamentos principales de la decisión: La Cámara sostuvo que los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley interpuestos por ambas partes contra la sentencia de fecha 06-03-2025 (concedidos el 16-12-2025) impiden considerar firme y consentida la sentencia, aun en sus parcelas. Como expresó el tribunal: "De la lectura del remedio extraordinario de la defensa técnica municipal surge que allí se puso en crisis la parcela del fallo de esta Alzada que: (i) determina la fecha de la desposesión del inmueble; (ii) establece el modo como habrán de calcularse los intereses que habrán de adicionarse sobre las sumas reconocidas en concepto de valor del predio y de las mejoras realizadas en el inmueble y que ascienden a un total de U$S 654.316,00 y (iii) fija el mecanismo de conversión de la divisa estadounidense 'bajo el mecanismo de operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera en jurisdicción local -dólar MEP-, según la cotización al momento de la liquidación'." El tribunal advirtió que los agravios planteados por la Municipalidad, de ser receptados, ostentan entidad para proyectarse sobre la cuantificación final de las mejoras realizadas en el inmueble. Aunque reconoció que "el principio de tutela judicial efectiva requiere que los procedimientos de ejecución sean accesibles para las partes, sin obstáculos o demoras indebidas", consideró que en este caso "no se encuentran verificados los recaudos que posibilitarían la ejecución parcial de sentencia pretendida". La solución adoptada intentaba "contrarrestar el riesgo que importaría avanzar sobre una cuestión no consolidada (a tenor del recurso extraordinario interpuesto por la Municipalidad de General Madariaga), que aún se encuentran pendiente de pronunciamiento por ante la Suprema Corte provincial y que, de estimarse, podría repercutir sobre la liquidación que pueda practicarse en concepto del ítem indemnizatorio identificado como 'mejoras y edificaciones existentes en el predio'".

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