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GIMENEZ PABLO ALEJANDRO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

El actor reclamó el reconocimiento de indemnización por licencias anuales no usufructuadas. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo el derecho del actor a percibir la indemnización por 263 días de licencia no gozados.

Indemnizacion Deuda de valor Prescripcion Razones de servicio Ley 13.982 Recurso de apelacion Licencias anuales Derechos laborales Fuerzas policiales Vacaciones no gozadas

Actor: PABLO ALEJANDRO GIMÉNEZ Demandado: PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Indemnización por licencias anuales no usufructuadas. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor a percibir la indemnización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La ausencia de una norma limitante al momento del cese conlleva a razonar que, en tanto no tuviere espacio la caducidad por abandono del derecho, el pago de la indemnización debe contemplar a la totalidad de los días de licencia cuyo goce el agente hubiere reivindicado y no pudo usufructuar por decisión de sus superiores fundada en razones de servicio." "El derecho del accionante a percibir una compensación por la licencia anual no usufructuada posee naturaleza indemnizatoria, tal como lo establece expresamente el marco regulatorio aplicable." "La normativa aplicable al caso expresamente reconoce el derecho de los agentes a percibir, en caso de corresponder, la indemnización por licencia anual no gozada."

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