A. A. R. Y OTRO/A C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Recurso de apelación en demanda por daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones o muerte. La Cámara declaró desierto el recurso por no cumplimentar el actor el deber de fundar los agravios en tiempo propio.
Quién demanda: A. A. R. y otra/o
¿A quién se demanda?
Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada y otra/o
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de accidente automotor con lesiones o muerte (exclusión del Estado)
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón, Sala II, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora. Fundamentos principales: "Dado que la parte actora no ha venido a fundar en tiempo propio el recurso de apelación que interpuso, y que fue concedido libremente, corresponde declararlo desierto (arts. 155, 260 y 261 del CPCC)." La notificación de la providencia que ordenaba expresar agravios fue librada el 11/06/2026, efectivizándose el viernes 12/06/2026, venciendo el plazo para presentar los agravios el día 23 del mismo mes y año en sus 4 primeras horas. La presentación efectuada el día siguiente resultó extemporánea, motivo por el cual no fue considerada. Ambos jueces votaron por la afirmativa en la cuestión propuesta. Con relación a otros recursos interpuestos que sí fueron debidamente fundados, se dispuso continuar la tramitación conforme lo prescripto.
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