SUÁREZ , ÁNGELA ZULEMA C/ RAMÍREZ , LUCAS SEBASTIÁN Y OTROS S / DAÑOS Y PERJUICIOS
Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara confirmó el rechazo de la acción al considerar insuficiente la prueba aportada para acreditar la autoría y causalidad del siniestro, exigiendo prueba acabada, concreta y precisa conforme el régimen de responsabilidad objetiva.
Quién demanda: Ángela Zulema Suárez
¿A quién se demanda?
Lucas Sebastián Ramírez (demandado) y Agrosalta Cooperativa de Seguros Limitada (citada en garantía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 3 de julio de 2018. La actora alegaba haber sido víctima de un choque automovilístico como conductora de motocicleta, resultando en fractura de peroné (tobillo) que requirió intervención quirúrgica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda en su totalidad, condenando a la actora al pago de costas de ambas instancias. Fundamentos principales de la decisión: "No obstante, en lo referente a los supuestos de negativa de autoría, de la falta de legitimación pasiva o la causalidad entre el accidente y el daño, por la parte demandada, la carga de la prueba recae sobre la parte actora. Además la prueba debe ser absolutamente convincente, y terminante, debiendo la misma ser merituada con marcada estrictez. A su vez, se impone la individualización del autor del hecho ilícito de la cosa que lo produjo, con certeza." "De todas maneras, sea cual fuere el sistema de responsabilidad que corresponde aplicar a los hechos, es carga específica de quien reclama el daño la de acreditar la relación de causalidad, para atribuir responsabilidad de las partes parcial o totalmente en un siniestro como el que nos ocupa." La sentencia destaca la insuficiencia del acervo probatorio: la causa penal concluyó con desestimación de la denuncia por cuanto el personal policial no presenció el accidente; la pericia mecánica solo declaró "verosímil" la mecánica pero no la acreditó, sin inspeccionar el vehículo del demandado; la declaración de la hermana de la actora no fue ratificada en sede civil; y las constancias médicas consignaban una versión contradictoria del siniestro ("choque de frente contra parte posterior de automóvil") respecto de lo alegado en la demanda. El tribunal señaló: "La escasa actividad probatoria desplegada por la accionante, sumado a sus contradicciones, sella, a mi modo de ver, el resultado de este pleito." Se resaltó que "las pericias médica y psicológica producidas en autos y las constancias de atención médica en un Nosocomio, de ningún modo aparecen como prueba idónea para acreditar la existencia misma del accidente que se invoca en la demanda, por la sencilla razón de no haber sido los galenos testigos del evento."
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