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JUAREZ MAXIMILIANO GREGORIO C/ SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Actor promovió acción especial por accidente de trabajo solicitando la homologación de un acuerdo conciliatorio por $ 8.000.000. El Tribunal, por mayoría, homologó la conciliación y condenó en costas a la demandada, regulando honorarios profesionales conforme a la ley de aranceles.

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Quién demanda: Juárez Maximiliano Gregorio

¿A quién se demanda?

Swiss Medical A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio celebrado por las partes por la suma de $ 8.000.000, derivado de un accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió por mayoría homologar el acuerdo conciliatorio, condenando en costas a la demandada y regulando los honorarios de los letrados intervinientes conforme a la ley de aranceles. Fundamentos principales de la decisión: La Jueza Sosa, cuyo voto fue seguido por el Juez Sánchez Sierra, manifestó que: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 5/6/2026, por la suma de $ 8.000.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público." Esta posición se sustentó en que el acuerdo involucraba "la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas", amparándose en los artículos 15 de la LCT; 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial; Leyes 24.557 y 26.773, y sus decretos reglamentarios. En disidencia, el Juez Arechabala argumentó que la presentación conjunta de las partes resultaba "insuficiente a mi juicio para efectuar la ponderación que me permita concluir que el acuerdo alcanzado no violenta la irrenunciabilidad de los derechos en juego (art. 11.1 L. 24.557)". Destacó que existía "una escueta descripción del hecho lesivo que no releva circunstancias suficientes para entender acabadamente su acaecimiento, las secuelas inmediatas, las prácticas médicas que requirió el proceso de restablecimiento de la salud lesionada y las eventuales secuelas definitivas incapacitantes con precisión." Además, señaló la ausencia de "recibos ni informe alguno respecto de los salarios percibidos durante el año anterior al hecho lesivo" y que "la incapacidad denunciada, surge de un informe médico privado que tampoco logra formar convicción en relación a la incapacidad resultante y su ajuste al baremo legal." Sin embargo, la mayoría se impuso, homologando la conciliación.

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