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CORDUA VERONICA HAYDEE C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Homologación de acuerdo transaccional en materia laboral por fijación de honorarios extrajudiciales. El Tribunal del Trabajo resolvió homologar el acuerdo entre las partes, regulando los honorarios profesionales conforme a la Ley 14.967 y estableciendo intereses punitorios por mora.

Acuerdo transaccional Homologacion Honorarios extrajudiciales Fijacion de honorarios Ley 14.967 Unidad de jus Interes punitorio Costas Accidente laboral Sentencia laboral unanime

Quién demanda (Actor): Cordúa Verónica Haydée A quién se demanda (Demandado): Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo transaccional presentado electrónicamente por las partes en fecha 21/05/2026, relativo a la fijación de honorarios extrajudiciales derivados de la actuación de la letrada en sede administrativa respecto a un accidente laboral ocurrido el 25/05/2023.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal se pronunció en forma unánime homologando el acuerdo transaccional presentado por las partes. Fundamentos principales: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los plantearan en la cuestión sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." El Tribunal reguló los honorarios de la Dra. Cordúa Verónica Haydée por su actuación en sede administrativa en la cantidad de 9 (NUEVE) JUS equivalente a $ 447.750 (pesos cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos cincuenta), conforme al Ac. SCBA 4222/26 que establece el valor del Jus en $ 49.750, con más adicional e IVA si correspondiera, con costas a la demandada (art. 24 Ley 15.057). Asimismo, se regularon los honorarios de los letrados intervinientes: la Dra. Verónica Haydée Cordúa en la cantidad de 7 Jus (equivalente a $ 348.250) y de la Dra. Alejandra Elisabet Barrios en la cantidad de 7 Jus (equivalente a $ 348.250), ambos en el mínimo posible de la escala legal con más el 10% adicional y 21% IVA en caso de corresponder. Se estableció un interés punitorio diario del 0,30% por cada día de mora y actualización conforme variación del valor del Jus. Los honorarios deberán ser depositados dentro del plazo de 10 días, caso contrario, podrán pedir la ejecución sin necesidad de intimación previa. El Tribunal ordenó a la condenada abonar el capital al actor/a y los honorarios de todos los profesionales intervinientes en las cuentas bancarias personales de éstos, quedando intimados a denunciar y acreditar en autos los datos bancarios (BANCO, N° de cuenta, CBU, ALIAS), iniciándose el plazo establecido en el art. 54 de la Ley 14.967 a partir del cumplimiento de lo requerido.

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