Logo

ARCE ARANDA VANESA JEANETTE Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre trabajadores y empleador. El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora confirmó que la conciliación no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes.

Homologacion de convenio Conciliacion laboral Orden publico Justa composicion de derechos Costas procesales Regulacion de honorarios Tribunal de trabajo Ley 20.744 Acuerdo de partes Trabajadores y empleador

Quién demanda: ARCE ARANDA VANESA JEANETTE Y OTRO/A (trabajadores)

¿A quién se demanda?

FERREIRA CRISTIAN EZEQUIEL (empleador)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio conciliatorio celebrado entre las partes en causa de naturaleza laboral.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora hizo lugar a la solicitud de homologación del acuerdo conciliatorio. Asimismo, reguló los honorarios profesionales, impuso costas a la demandada y fijó las condiciones para el pago de las sumas conciliadas. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Blanca Ester Rivolta expresó: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. Larequi y Budnik votaron en igual sentido que la Dra. Rivolta por compartir sus fundamentos. La resolución incluye: a) Homologación del acuerdo conciliatorio (Art. 30 Ley 15.057, Art. 15 Ley 20.744); b) Intimación a la demandada para integrar la tasa de justicia por suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL ($44.000.-); c) Imposición de costas a la demandada con regulación de honorarios profesionales al Dr. COLICA FERNANDO DANIEL por PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000.
- equivalentes a 8,04 JUS) y reconocimiento de honorarios de la parte actora Dr. SERRANO FERNANDO EZEQUIEL por PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000.-); d) Obligación de los profesionales de acreditar aportes previsionales; e) Acuerdo de pago de sumas conciliadas en cuenta personal del trabajador; f) Notificación conforme Art. 54 de la Ley 14.967.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar