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YARRA, PABLO RAMON C/ BERKLEY INTERNATIONAL ART S.A S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra Berkley International Art S.A. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, reguló honorarios profesionales e impuso el pago de costas a la demandada.

Accion especial Accidente de trabajo Acuerdo transaccional Homologacion Clausula penal Regulacion de honorarios Tasa de justicia Costas Ratificacion de acuerdo Ley de contrato de trabajo

Quién demanda: Yarra, Pablo Ramón (actor)

¿A quién se demanda?

Berkley International Art S.A (demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió homologar el acuerdo transaccional presentado por las partes en fecha 01/06/2026, rechazó el pedido de exención de tasa de justicia, reguló los honorarios de los profesionales intervinientes e impuso las costas a la demandada. Fundamentos principales: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." "Sin perjuicio de lo que precede destaco que en fecha 05/06/2026 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial." "Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos." El Tribunal reguló los honorarios del Dr. Martín Alexis Medina en 30,83 Jus (equivalente a $ 1.534.000), del Dr. Santiago Adrián Medina en 61,62 Jus (equivalente a $ 3.066.000) y del Dr. José Santiago Sugasti en 92,45 Jus (equivalente a $ 4.600.000), con más el 10% Ley 8455 e IVA. Asimismo, reguló los honorarios de los peritos psicóloga y médico en la suma de $ 920.000 para cada uno. Se fijó el pago de tasa de justicia en $ 506.000 más el 5% en concepto de contribución.

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