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MUSACCHIO FACUNDO MATIAS C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra aseguradora de riesgos. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, regulando honorarios y costas a cargo de la demandada.

Acuerdo transaccional Homologacion Accidente de trabajo Aseguradora de riesgos Clausula penal Honorarios profesionales Costas Ratificacion del acuerdo Derecho laboral Tribunal del trabajo

Quién demanda: Musacchio Facundo Matias

¿A quién se demanda?

Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de una acción especial por accidente de trabajo en la que las partes presentaron un acuerdo transaccional para poner fin al litigio.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. Fundamentos principales de la decisión: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." "Sin perjuicio de lo que precede destaco que en fecha 23/06/2026 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial." "Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos." El Tribunal consideró que se cumplieron todos los requisitos legales para la homologación del acuerdo, destacando especialmente la ratificación personal del actor realizada el 23 de junio de 2026. Asimismo, se impusieron las costas a la parte demandada y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes (Dra. Oriana Belén Manrique en 84,42 Jus equivalente a $4.200.000 y Dra. Alejandra Elisabet Barrios en $1.680.000, ambas con más el 10% Ley 8455 e IVA si correspondiera).

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