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MONGELLI MIGUEL ANGEL C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional contra aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, imponiendo costas a la demandada e imponiendo cláusula penal por retardo en pagos.

Acuerdo transaccional Homologacion Riesgos del trabajo Ley 15057 Comision medica Clausula penal Costas Honorarios profesionales Ratificacion personal Revision administrativo-laboral

Quién demanda: MONGELLI MIGUEL ANGEL

¿A quién se demanda?

ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional conforme Ley 15057 (Ley de Riesgos del Trabajo)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes el 26/05/2026, ratificado personalmente por el actor en fecha 24/06/2026, ordenando su cumplimiento e imponiendo condiciones y costas. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Miguel Angel Osso expresa en su voto: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." Asimismo, destaca un requisito esencial: "Sin perjuicio de lo que precede destaco que en fecha 24/06/2026 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial." El Tribunal determina además que "Sin perjuicio de las condiciones plasmadas en el acuerdo celebrado, la parte demandada abonará en concepto de cláusula penal, el 0,30 % del capital adeudado por cada día de retardo en la acreditación de los respectivos depósitos." Los Dres. Lucas Nahuel Moran y Fernando Marcelo Ibarra votaron "Por análogas consideraciones" en el mismo sentido. Decisiones concretas ordenadas: 1. Homologación del acuerdo conforme art. 15 L.C.T. 2. Intimación a la demandada para abonar tasa de justicia de $154.000 más 5% dentro de 5 días. 3. Imposición de costas a la demandada conforme art. 24 Ley 15.057. 4. Regulación de honorarios: Dr. Julián Anibal Perez en 28,1 Jus ($1.400.000 más 10% Ley 8455 e IVA); Dr. Hernán José Miguel Capolupo en 14 Jus más 10% Ley 8455 e IVA. 5. Instrucciones sobre acreditación de cuenta sueldo y cuentas bancarias para pagos.

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