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BARREIRO DAMIAN ALEJANDRO C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo por un accidente laboral. El Tribunal homologó el convenio conciliatorio por $5.500.000 al considerar que no vulnera normas de orden público y se adecua a los dispositivos de la LCT.

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Quién demanda: Barreiro Damian Alejandro (trabajador accidentado)

¿A quién se demanda?

Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se homologó con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto en fecha 09/06/2026 por la suma de $5.500.000 (PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL), que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Liliana Marta Lipicar expresó: "Visto el estado de las presentes actuaciones, el informe médico privado acompañado, los rubros reclamados y el monto convenido, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." El Tribunal consideró que el acuerdo alcanzado por las partes constituye una justa composición de la litis y respeta los principios de protección al trabajador previstos en la Ley de Contrato de Trabajo. En consecuencia, resultaba procedente otorgar fuerza y autoridad de cosa juzgada al convenio celebrado. Respecto de las obligaciones accesorias, se estableció que en caso de mora en el depósito será aplicada mora automática y caída de plazos, con intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina conforme al art. 55 de la ley 27.802. Se impusieron costas a la parte demandada, eximiéndola del 75% de la tasa de justicia, debiendo abonar la suma de $30.250 más el 5% de sobretasa dentro del quinto día de notificada la sentencia. Se regularon honorarios del Dr. Alan Patricio Briozzo en suma de $1.000.000 (equivalente a 20.10 IUS arancelarios) más el 10% de aporte legal, y de la Dra. Diana Raquel Oclander en igual suma, ambos en atención al reconocimiento efectuado por la demandada y conforme a las pautas del art. 277 de la LCT.

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