MARQUEZ JONATAN ENRIQUE C/ PREVENCION ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra Prevencion ART SA. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes por ser justa composición de derechos e intereses, con regulación de honorarios profesionales y distribución de costas.
Quién demanda: Márquez Jonatan Enrique
¿A quién se demanda?
Prevencion ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes en los términos pactados, estableciendo:
- Homologación del acuerdo por constituir justa composición de los derechos e intereses de las partes
- Monto acordado en conciliación: $150.000
- Costas a cargo de la demandada, con excepción de la Tasa de Justicia que será soportada al 50% por cada parte, eximiéndose a la actora del pago de la misma
- Tasa de Justicia a cargo de la demandada: $1.650
- Regulación de honorarios profesionales conforme Ley 14.967
- Obligación de la demandada de efectivizar los pagos mediante depósitos en cuenta bancaria de la actora
Fundamentos principales de la decisión:
"Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15 LCT; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)."
El Tribunal fundamentó la homologación en que el acuerdo: (i) fue libremente pactado por las partes; (ii) cumple con los recaudos legales exigibles; (iii) alcanza una justa composición de intereses; (iv) no implica renuncias a derechos del trabajador reconocidos por la demandada; (v) no afecta disposiciones de orden público; (vi) involucra la totalidad de rubros reclamados.
Los Dres. Bruno y Razzari votaron por idénticos conceptos en igual sentido, alcanzándose unanimidad en la decisión.
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