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ZARATE GUSTAVO ADOLFO C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Trabajador reclama resarcimiento por accidente laboral con incapacidad parcial permanente del 2,24%. El Tribunal acogió la demanda y declaró inconstitucionales el DNU 669/19 y el art. 12 de la LRT, condenando a la aseguradora a abonar $8.572.244,61 con actualización por índice RIPTE.

Accidente de trabajo Incapacidad parcial permanente Reclamo contra art Inconstitucionalidad Indexacion de creditos laborales Ripte Dnu 669/19 Proteccion constitucional del trabajador Tendinosis Responsabilidad del empleador

Quién demanda: Gustavo Adolfo Zárate, operario de construcción que prestaba servicios en DVS CONSTRUCCIONES S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia ART SA, aseguradora de riesgos del trabajo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones derivadas de accidente de trabajo ocurrido el 5 de septiembre de 2023. El actor sufrió lesión en hombro izquierdo cuando sostuvo un cable de 50 a 70 kg que se soltó mientras realizaba tareas en altura. La ART rechazó inicialmente el siniestro. El trabajador reclama el reconocimiento de la contingencia como accidente de trabajo y el pago de la indemnización correspondiente con actualización adecuada que no disminuya el crédito por inflación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal acogió íntegramente la demanda. Reconoció la existencia del accidente de trabajo y ordenó a la ART el pago de $8.572.244,61 (incluido el 20% adicional previsto en la ley 26773). Declaró inconstitucionales, en el caso concreto, el DNU 669/19 y el inciso 2 del artículo 12 de la LRT (ley 27.348), en la medida que impedían la actualización adecuada del crédito laboral mediante índice RIPTE. Impuso costas a la demandada. Fundamentos principales: "Es por ello que ninguna prueba oral se produjo al respecto. El suceso violento y repentino, reconocido de tal modo, finca en la descripción fáctica emprendida en el primer apartado de esta pieza procesal, sucedido el 5/9/2023 en las circunstancias allí reseñadas, a las que me remito brevitatis causae. Dicho lo cual, la peritación médica (Dr. Tedone) concluyó que al actor (revisado personalmente) presenta, al medir la movilidad de su hombro zurdo: disminución de la movilidad activa y pasiva, la fuerza y el tono muscular del miembro se hayan disminuidos, refiere dolor a la movilidad activa y pasiva... que como diagnóstico, el actor padece tendinosis en hombro izquierdo, y que presenta una incapacidad parcial y permanente del 2% atribuible al accidente sufrido en ocasión de su trabajo... para concluir finalmente que Gustavo Zárate presenta una incapacidad parcial y permanente del 2,24% de la TO." "En atención a la fluctuación de la inflación y a los índices de los últimos años, la SCBA hizo caer su doctrina legal afincada en distintos fallos como 'Ginossi', que sostenía la tesis nominalista y la actualización a través de tasa de interés pasiva digital; en efecto, mutó su propia doctrina legal, mas lo hizo subrayando que los jueces de grado debemos extremar las precauciones que la circunstancias determinen." "El crédito de autos es una excepción al principio nominalista en cuanto en el art.12 (ley 27.348) actualiza los haberes percibidos por el trabajador con anterioridad a la fecha de manifestación invalidante con un índice ripte. A partir de la ya célebre nueva posición del Tribunal Cimero, se abre un abanico de posibilidades a los fines que el crédito no sea pulverizado por el proceso inflacionario, siempre, claro está, utilizando un índice legal admitido." "Es entonces que, yendo al tratamiento de la validez constitucional del art.12 de la LRT, le asiste razón en lo que concierne al segundo inciso, pues no se avizora inconveniente o perjuicio en la actualización por índice ripte de los salarios de los 12 meses anteriores a la fecha de PMI, sino que el desajuste por el extremo proceso inflacionario deviene en el inc. 2 que actualiza desde la fecha de manifestación invalidante hasta que la prestación deba ser pagada, en su redacción original con tasa promedio activa nominal anual vencida 30 días." "Partiendo de los resultados transcriptos, pregono al Acuerdo el medio de actualización del crédito laboral seleccionado (inconstitucionalidad del segmento del art. 12 LRT mediante) tutelar de a quien posee el rótulo y la naturaleza de sujeto de preferente tutela constitucional. De tal forma, se impone declarar en el caso concreto de autos la inconstitucionalidad del inciso 2 del artículo 12 de la ley 27.348."

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