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SEGOVIA GISELA PAOLA C/ PREVENCION ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La abogada Segovia demandó la regulación de honorarios por actuaciones profesionales en expediente administrativo ante Comisión Médica. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que los honorarios ya habían sido fijados en convenio homologado que comprendía todas las actuaciones administrativas, aplicando los principios de cosa juzgada y actos propios.

Regulacion de honorarios Expediente administrativo Comision medica Cosa juzgada Actos propios Abogada Incapacidad laboral Homologacion de acuerdo Incidente de regulacion Seguridad juridica.

Quién demanda: Dra. Gisela Paola Segovia, abogada.

¿A quién se demanda?

Prevención ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios extrajudiciales por las actuaciones profesionales cumplidas en el expediente administrativo N°437193/24 tramitado ante la Comisión Médica N°31 B, delegación San Nicolás, en representación del trabajador Raul David Silvestre, en un caso de divergencia en la determinación de incapacidad.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal rechazó la demanda e impuso costas a la actora. Fundamentos principales: "En atención a lo reseñado, estimo que corresponde rechazar la pretensión actoral dirigida a la regulación de honorarios por lo actuado en sede administrativa y su imposición a la demandada. Es que, como se dijo, la propia profesional accionante acordó que la suma regulada y percibida en la causa 'SILVESTRE RAUL DAVID C/ PREVENCION ART SA S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA' EXPTE N° 7638
- 2025 que tramita ante el Tribunal de Trabajo N° 1, comprendía la actividad profesional desplegada en los expedientes administrativos tramitados por ante la SRT y, en tales términos fue homologado, revistiendo tal decisión autoridad de cosa juzgada." "Además, la pretensión impetrada resulta violatoria de la doctrina de los actos propios. En virtud de la misma cuadra desestimar las pretensiones contradictorias con la conducta pasada del pretensor, toda vez que la citada doctrina promueve el cumplimiento del deber de coherencia del comportamiento jurídicamente relevante. La accionante postula hacer valer un derecho en contradicción con su anterior conducta deliberada, jurídicamente relevante y plenamente eficaz." El Tribunal encontró que en el acuerdo homologado en el expediente N°7638/25 ante el Tribunal del Trabajo N°1, la Dra. Segovia había pactado expresamente que los honorarios de $300.000 más adicional de ley resultaban comprensivos de todas las actuaciones profesionales judiciales, extrajudiciales y administrativas, lo que fue expresamente reconocido y homologado por el tribunal, adquiriendo autoridad de cosa juzgada.

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