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OCHOA GALVAN JHONATAN ALEJANDRO C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra empresa de prevención. El Tribunal de Trabajo homologó la conciliación arribada por las partes, aprobando el acuerdo en todas sus partes y regulando honorarios profesionales.

Conciliacion homologada Accidente de trabajo Accion especial Justicia laboral Regulacion de honorarios Derechos del trabajador Orden publico Transferencia bancaria Ley de riesgos de trabajo Tribunal de trabajo.

Quién demanda: OCHOA GALVAN JHONATAN ALEJANDRO

¿A quién se demanda?

PREVENCION ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo, cuya resolución se alcanzó mediante conciliación entre las partes.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata homologó la conciliación arribada por las partes en todas sus partes, aprobó el acuerdo sobre costas y reguló los honorarios profesionales de los letrados intervinientes y del perito médico. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Nicolás Vigliarolo expresó: "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de lo reclamado y acuerdo sobre las costas ocasionadas." La sentencia se sustentó en el artículo 15 de la Ley 20.744 (Ley de Contrato de Trabajo), artículos 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, artículos 73, 160, 162 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, artículos 24, 30 y 89 de la Ley 15.057, así como en la Ley 24.557 (Ley de Riesgos de Trabajo), Ley 26.773 y Ley 27.348. La regulación de honorarios se fijó en: para el Dr. BUNGUR SERGIO HERNAN (letrado actor) en 40,20 IUS equivalentes a PESOS DOS MILLONES ($2.000.000); para la Dra. AUGE MARÍA LEONOR (letrada demandada) en 26,13 IUS equivalentes a PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($1.300.000); y para el perito médico PESCE GUSTAVO DANIEL en PESOS SETENTA MIL ($70.000), todos con más los porcentajes legales e IVA si correspondiere.

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