CERASO JUAN JOSE C/ SEMYM SA Y OTRO/A S/ DESPIDO
El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata homologó la conciliación y el desistimiento en el proceso laboral por despido iniciado por Ceraso Juan Jose. Se homologaron ambos acuerdos por no afectar el orden público laboral y cumplir con los requisitos legales exigibles.
Quién demanda: CERASO JUAN JOSE
¿A quién se demanda?
YPF SA y SEMYM SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por despido (autos caratulados "CERASO JUAN JOSE C/ SEMYM SA Y OTRO/A S/ DESPIDO", Nº 48703 y "SEMYM SA C/ CERASO JUAN JOSE S/ CONSIGNACIÓN", Expte 48757)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó:
- El desistimiento de la acción contra SEMYM SA, imponiendo costas en el orden causado con beneficio de gratuidad para la parte actora
- La conciliación arribada entre la parte actora y YPF SA, aplicando costas a YPF SA
Fundamentos principales de la decisión:
La Dra. STELLA MARIS MARCASCIANO expresó respecto del desistimiento: "...adelanto mi opinión en sentido favorable a proceder a la homologación sujeta a tratamiento, en atención al estado de los presentes autos, en mérito a las constancias que en ellos obran, y especialmente, en virtud de que el presente desistimiento no afecta el orden público laboral, mínimo jurídico inderogable que protege el derecho de los trabajadores, el que al no verse vulnerado me permite colegir de la forma preanunciada, más aún cuando se encuentra cumplido el requerimiento legal prescripto en al artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo."
Respecto de la conciliación con YPF SA, la magistrada sostuvo: "Atento a que lo pactado libremente por la parte actora y la codemandada YPF SA, que informa el acuerdo arribado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas."
Los Dres. NICOLÁS VIGLIAROLO y MAURICIO JAVIER BORDINO compartieron ambos fundamentos por votación unánime.
La sentencia reguló honorarios profesionales para múltiples letrados interventores y perito, estableciendo montos específicos en IUS convertidos a pesos, e intimó a YPF SA para que acreditara el pago de la Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y contribuciones correspondientes.
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