CASALIBA ALFREDO Y OTROS C/ MIGLIORERO MARTIN Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION
Incidente de aclaratoria en prescripción adquisitiva veintenal. El tribunal aclaró la proporción que corresponde a cada coactor sobre el bien inmueble, estableciendo 1/5 para cada uno de ellos a fin de facilitar la inscripción registral.
Quién demanda: Alfredo Casaliba, Alfredo Jorge Casaliba, Ema Elizabeth Casaliba, Silvia Marisa Casaliba y Gustavo G. Casaliba.
¿A quién se demanda?
Martín Migliorero y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un incidente de aclaratoria de sentencia dictada en autos sobre prescripción adquisitiva veintenal (usucapión). El incidente busca aclarar la proporción de derechos que corresponde a cada coactor sobre el inmueble objeto del litigio.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar al incidente de aclaratoria y dejó establecido que la proporción que corresponde a los coactores sobre el bien inmueble es de 1/5 (un quinto) para cada uno de ellos. Esta aclaración se efectuó a fin de facilitar la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. Fundamentos principales de la decisión: "La aclaratoria conforme lo dispuesto en la ley adjetiva se sustenta en tres pilares concretos, a saber: la corrección de errores materiales; aclaración de conceptos oscuros, y subsanación de omisiones, impidiéndose que por este mecanismo se puedan alterar aspectos sustanciales de las decisiones." "Siendo ello así, no obstante no haberse incurrido en omisión alguna en el pronunciamiento firme de fecha 4/10/2016 -y aclaratoria del 13/11/2025-, a los fines de facilitar su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Bs. As., dejase establecido que la proporción que corresponde a los coactores (Alfredo Casaliba, Alfredo Jorge Casaliba, Ema Elizabeth Casaliba, Silvia Marisa Casaliba y Gustavo G. Casaliba) sobre el bien inmueble objeto de autos es de 1/5 para cada uno de ellos." El tribunal señaló que "no correspondiendo expedirse sobre el carácter propio del bien en cuestión, por carecerse de datos acerca de su naturaleza con relación a los mencionados coactores y por exceder ello el objeto de las presentes actuaciones."
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