CARINO LAURA NOEMI C/ BELMAÑA MARIA EUGENIA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Aclaratoria de error material en sentencia de desalojo. El Tribunal subsanó el error en el apellido de la actora, corrigiendo Cariño por Carino en toda la sentencia de fecha 22 de junio de 2026.
Quién demanda: Laura Noemí Carino
¿A quién se demanda?
Belmaña María Eugenia
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo (excepto por falta de pago)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal aclaró la sentencia de fecha 22 de junio de 2026, subsanando un error material consistente en la consignación incorrecta del apellido de la parte actora. Fundamentos principales de la decisión: "Atento lo solicitado y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 166 inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial, advirtiéndose que en la sentencia de fecha 22 de junio de 2026 se incurrió en un error material al consignarse el apellido de la parte actora como 'Cariño', cuando su apellido correcto es 'Carino', corresponde subsanar dicho yerro." "ACLÁRASE la sentencia de fecha 22 de junio de 2026, dejándose establecido que donde dice 'Laura Noemí Cariño' debe leerse 'Laura Noemí Carino', tanto en los apartados 'RESULTA', 'CONSIDERANDO' y 'FALLO', como en toda otra referencia contenida en dicho pronunciamiento." "Déjase expresa constancia de que la presente aclaratoria forma parte integrante de la sentencia mencionada, la que mantiene plena vigencia en todo lo demás."
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