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EDICIONES BARCELO S.R.L C/ GARCIA OMAR GUSTAVO S/ COBRO EJECUTIVO

Ediciones Barceló S.R.L promovió cobro ejecutivo contra Omar Gustavo García por capital de ciento cinco mil pesos. El Tribunal dictó sentencia de remate ordenando llevar adelante la ejecución con liquidación de intereses según tasa pactada, limitada a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, e impuso costas al deudor.

Cobro ejecutivo Sentencia de remate Incumplimiento de comparecencia Calculo de intereses Tasa activa banco provincia Costas procesales Mora 20.04.2021 Capital $105.000 Domicilio procesal constituido Ejecucion forzada

Quién demanda: Ediciones Barceló S.R.L

¿A quién se demanda?

Omar Gustavo García

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo por capital de ciento cinco mil pesos ($105.000), más intereses devengados desde la fecha de mora del 20.04.2021.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal dictó sentencia de remate ordenando llevar adelante la ejecución promovida por Ediciones Barceló S.R.L contra Omar Gustavo García hasta tanto la parte deudora haga íntegro pago del capital reclamado de $105.000 con más los intereses que se liquidarán conforme se establece. Se impusieron las costas al accionado por resultar vencido. Se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14967. Fundamentos principales de la decisión: "La parte demandada, intimada de pago en el domicilio de la calle San Lorenzo S/N altura Nro. 515 entre Blas Parera y Cornelio Saavedra (ver mandamiento diligenciado el 16.05.2025 e incorporado en autos el 03.06.2025), no compareció conforme a derecho ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según lo informa la Actuaria en este acto, por lo que cabe darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C.). En tales condiciones, corresponde dictar sentencia de remate (art. 540 "in fine" del C.P.C.C.)." "En cuanto a los intereses, deben calcularse según lo pactado en el documento base de la ejecución (ver instrumentos originales de fs. 2, cuyo adjunto en formato pdf se encuentra en la presentación del 14.09.2023), los que tendrán como tope anual la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos (tasa activa) vigente en cada periodo de aplicación, devengados desde la fecha de la mora -20.04.2021
- (ver escrito del día 14.09.2023)-, y hasta el efectivo pago (conf. art. 549 del CPC; arts. 768 inc. C, 769, 771, 794 y concs del CCyC)." "Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del C.P.C.C.)."

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