.................... S/ RECURSO DE QUEJA
La defensa de Marcelo Di Rado interpuso recurso de queja contra la inadmisibilidad del recurso de casación respecto de la denegatoria de morigeración de prisión preventiva. El Tribunal de Casación rechazó la queja por entender que no existía agravio federal suficiente que habilitara la intervención casatoria.
Quién demanda: Defensa técnica de Marcelo Di Rado
¿A quién se demanda?
Marcelo Di Rado (imputado en proceso penal)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa cuestiona mediante recurso de queja la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal que confirmó el auto del Juzgado de Garantías N° 5 que rechazó la morigeración de la prisión preventiva, alegando que dicha cámara rechazó inadmisiblemente el recurso de casación deducido con fundamentación aparente y vulnerando derechos fundamentales.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación rechazó la queja por la inadmisibilidad del recurso de casación, con costas en esta instancia. Fundamentos principales: "Interpuesta la queja ante este Tribunal, conforme lo normado por el artículo 433 en su relación con el 450 y 451 del Código Procesal, es necesario que en esta instancia se analice si la decisión de la Cámara departamental es ajustada a derecho. En primer lugar, corresponde señalar que la queja traída a esta instancia cumple con los requisitos de admisibilidad formal, en la medida en que se cumplieron las exigencias vinculadas al tiempo y forma de su interposición. Sin embargo, ingresando al análisis de lo resuelto por el a quo, en la medida en que el recurso de casación ha sido correctamente declarado inadmisible, corresponde rechazar también la queja que cuestiona tal decisión." "Cabe destacar que, tratándose de resoluciones que, como la aquí impugnada, deniegan o limitan la libertad personal, se impone la necesidad de un doble conforme, con base en el derecho al recurso previsto en los artículos 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con el alcance asignado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en tanto lo extiende a todos los autos procesales importantes (C.I.D.H, informe N° 55/97)." "Ahora bien, en el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Garantías interviniente como la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental se expidieron en el mismo sentido frente al pedido efectuado por la parte. A ello debe añadirse que no se advierte liminarmente, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril." "Los agravios expresados por la recurrente son insuficientes y no logran demostrar la arbitrariedad denunciada que amerite excepcionar las reglas de admisibilidad previstas normativamente para el presente, y que fueron señaladas en los párrafos precedentes."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: