.................... S/ QUEJA
Recurso de queja contra denegación de casación en causa por abuso sexual. El Tribunal de Casación rechazó la queja por falta de gravedad institucional y cuestión federal, ratificando la denegatoria de eximición de prisión dictada por la Cámara.
Quién demanda: Patricia Susana Carou, defensora particular de Cesar Gustavo Vivas.
¿A quién se demanda?
En virtud del procedimiento de queja, contra la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Quilmes.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la denegación de la eximición de prisión de Cesar Gustavo Vivas, imputado por abuso sexual con acceso carnal (art. 119, tercer párrafo, del Código Penal). La defensa sostiene que el pronunciamiento impugnado es arbitrario, vulnera garantías constitucionales y que la justificación del peligro de entorpecimiento probatorio carece de sustento en riesgos procesales reales.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación desestimó la queja, declarando inadmisible el recurso de casación cuya denegación la motivó, sin costas. Se tuvo presente la reserva del caso federal.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal sostuvo que, si bien es cierto que puede interponerse recurso de casación contra autos dictados por la Cámara de Apelación cuando deniegan la libertad personal, "el objetivo es garantizar el derecho al recurso en casos donde la libertad personal es denegada por primera vez por la Alzada departamental y admitir su tratamiento, pese a que dicho derecho haya sido ejercido y exista doble conformidad judicial -como ocurre en autos-, cuando se verifique una situación de gravedad institucional o concurra alguna cuestión constitucional que posibilite la apertura de la instancia extraordinaria federal."
En relación a la gravedad institucional, el tribunal expresó: "La resolución cuestionada no reviste gravedad institucional, al no exceder el interés individual de las partes, afectar a la comunidad toda, comprometer la expedita prestación de un servicio público, o poner en juego la preservación de principios básicos de la Constitución Nacional."
Respecto a la cuestión federal, sostuvo: "Tampoco la impugnante ha conseguido demostrar que se encuentre comprometida en el caso una cuestión federal directa e inmediatamente vinculada a los hechos debatidos en la causa (arts. 14 y 15 de la Ley 48, Fallos 310:1542 y 325:2129; y SCBA, P. 106.159, 2-III-2013). Es que, en rigor de verdad, la crítica se asienta sobre cuestiones propias de derecho procesal, temáticas ajenas -en principio
- a la vía extraordinaria."
El tribunal concluyó que "el pronunciamiento no puede ser descalificado como acto jurisdiccional válido, pues los Jueces de la Cámara analizaron el delito que se le imputa a Vivas, abuso sexual con acceso carnal (art.119, tercer párrafo, del CP), y consideraron configurado no solo peligro de fuga, sino también riesgo de entorpecimiento probatorio, en tanto restaría producir prueba relevante. Por ello concluyeron que existen elementos suficientes para presumir la existencia de peligros procesales que impiden otorgar la eximición de prisión."
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