ASTESIANO MARTA OFELIA C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor promovió demanda por el restablecimiento de derechos previsionales, cuestionando la aplicación de la ley 15.008. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de un artículo de dicha ley y modificó la sentencia de grado, reconociendo derechos a la actora.
Actor: Marta Ofelia Astesiano Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos previsionales y ajuste de haberes jubilatorios. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y se ordena calcular las retroactividades a valores actuales, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La jueza de grado resuelve hacer lugar parcialmente a la demanda instaurada, declarando la inconstitucionalidad del art. 41 de la ley 15.008 y su inaplicabilidad al caso, reconociendo el derecho del actor, al reajuste de su haber de pasividad." "El artículo 41 de la ley 15.008... provoca la pérdida del carácter sustitutivo de la prestación previsional." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires... ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable o azaroso."
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