C. R. A. C. C/ B. P. J. A. / COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
Desistimiento de ambas partes en recurso de apelación. La Cámara devuelve las actuaciones a la instancia de origen al no quedar cuestiones pendientes de tratamiento ante esta alzada.
Quién demanda: No determinable del documento.
¿A quién se demanda?
No determinable del documento.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No determinable del documento.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones recibió desistimientos de ambas partes: de la Dra. Paula Ortiz en su carácter de apoderada de la parte actora y de la Dra. Fontana como apoderada de la parte demandada. Al no existir cuestiones pendientes de tratamiento, ordenó la devolución de las actuaciones a la instancia de origen.
Fundamentos principales:
"Tiénese presente los desistimientos formulados por la Dra. Paula Ortiz
- apoderada de la parte actora
- y por la Dra. Fontana -apoderada de la parte demandada-, y no quedando cuestiones pendientes de tratamiento ante esta Alzada, devuélvanse las presentes actuaciones a la instancia de origen."
El desistimiento de ambas partes constituyó causa suficiente para que la Cámara careciera de materia controvertible sobre la cual pronunciarse.
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