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CASTELLO DANIELA GRISEL C/ LOISA DEBORA SOLEDAD S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su empleadora. El Tribunal homologó la transacción celebrada por las partes que pone fin al litigio, con regulación de costas y honorarios profesionales a cargo de la demandada.

Homologacion de transaccion Despido Acuerdo conciliatorio Capacidad de las partes Orden publico Voluntad libremente expresada Costas Regulacion de honorarios Cuenta bancaria Pago de capital.

Quién demanda: Castello Daniela Grisel (actora)

¿A quién se demanda?

Loisa Debora Soledad (demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de la transacción celebrada por las partes en audiencia del 21/5/26, mediante la cual se da por terminado el juicio de despido.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió hacer lugar a la homologación de la transacción en los términos pactados por las partes, impuso las costas a la demandada, reguló los honorarios de los letrados apoderados de ambas partes en 10,05 Jus cada uno (más porcentaje legal e IVA si correspondiere), y los del perito contador en la suma de Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000) más el 10% y retención del 7%. Se ordenó a la actora denunciar cuenta bancaria para efectivizar los pagos del capital convenido, con diversas precisiones respecto del procedimiento de pago y acreditación. Fundamentos principales de la decisión: "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')." "Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclopédico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 21/5/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."

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