JUSTUS LUZ BELEN C/ PELAEZ MARIANA ALEJANDRA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Justus Luz Belén promovió incidente de homologación de convenio contra Peláez Mariana Alejandra por la suma de pesos dos millones cuatrocientos mil. El Tribunal de Trabajo UNO homologó la transacción celebrada entre las partes, reconociendo que se ajusta a derecho y no vulnera principios de orden público.
Quién demanda: Justus Luz Belén
¿A quién se demanda?
Peláez Mariana Alejandra
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de transacción celebrada entre las partes
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó la transacción celebrada por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000), conforme las pautas establecidas respecto al monto y forma de pago, con costas a cargo de la demandada, conforme art. 24 ley 15057. Se reconocieron honorarios a los Dres. Eduardo Fabián Palomo ($260.000) y Rocío Belén Decker ($480.000), más adicional de ley e IVA en caso de corresponder. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. Lombardi expresó en su voto que: "la transacción celebrada entre las partes, no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT." Agregó que: "en cualquier estado del proceso, las partes también podrán conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación (...) La homologación producirá los efectos de cosa juzgada", conforme lo normado por el art. 30 de la ley del fuero. Concluyó que: "siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), considero que corresponde homologar la transacción celebrada entre las partes." Los Dres. Such y Diéguez adhirieron al voto precedente. En la resolución final, el Tribunal señaló: "Que se ajusta a derecho la transacción efectuada entre las partes."
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