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.................... S/ RECURSO DE CASACION

Juan Carlos Reyes fue condenado por abuso sexual simple cometido contra una subordinada en el cuerpo de bomberos. El Tribunal de Casación rechazó el recurso y confirmó la condena de dos años de prisión condicional, considerando que la superioridad jerárquica del condenado fue debidamente considerada como agravante.

Recurso de casacion Abuso sexual simple Superioridad jerarquica Agravante Dosimetria penal Motivacion de sentencia Aprovechamiento de situacion Cuerpo de bomberos voluntarios Articulo 119 codigo penal Pena condicional

Quién demanda: La defensa de Juan Carlos Reyes, a través de su defensor particular Maximiliano De Mira.

¿A quién se demanda?

Juan Carlos Reyes.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El recurso cuestiona la sentencia condenatoria dictada el 30 de septiembre de 2025 por el Tribunal en lo Criminal N°3 del Departamento Judicial Bahía Blanca. La defensa alegaba arbitrariedad en la pena impuesta (2 años de prisión de ejecución condicional más reglas de conducta) por falta de motivación adecuada respecto a cómo concurrían atenuantes y agravantes, cuestionando especialmente la consideración de la superioridad jerárquica como agravante.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación rechazó el recurso de casación, confirmando la sentencia condenatoria. Confirmó que la conducta de Reyes constituyó abuso sexual simple (artículo 119 primer párrafo del Código Penal), cometida el 20 de diciembre de 2020 contra Ludmila Uribe en el cuartel de bomberos voluntarios de Coronel Dorrego. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal rechazó la alegación de que la superioridad jerárquica en un cuerpo de bomberos voluntarios no constituía un agravante válido. El voto del Dr. Carral sostiene: "Es de importancia mencionar que no se encuentra discutido por las partes que entre Juan Carlos Reyes y Ludmila Uribe mediaba un vínculo funcional de servicio. Ambos prestaban servicios para el cuerpo de bomberos voluntarios de Coronel Dorrego, Reyes en carácter de Ayudante de Primera y Uribe, tal como lo menciona en su declaración, en calidad de 'bombero rasa'." El tribunal enfatizó que "el hecho de no reunir el cuerpo de bomberos voluntarios las características de una estructura militar como alega la defensa, omite considerar que se trata de una estructura instrumentada a través de escalafones jerárquicos, donde ineludiblemente median relaciones de superioridad y dependencia que hacen a la esencia de la coordinación de las actividades operativas y de servicio." Respecto al aprovechamiento de la situación, el tribunal concluyó: "De ese modo, teniendo en cuenta que se encuentra acreditado el contexto en el que se desarrolló el hecho probado, es decir que la víctima fue citada por el acusado al cuartel para entregar indumentaria a un compañero, se advierte que el vínculo de tipo laboral subordinado con la víctima fue aprovechado por el imputado para convocarla creando de ese modo las condiciones aptas para ejecutar la maniobra abusiva." El tribunal además destacó que la víctima había padido "situaciones de acoso y hostigamiento (mensajes, amenazas, persecuciones y hasta un evento violento que implicó restricciones de acercamiento del imputado para con ella)" y que conforme al relato de la propia víctima y de la compañera Lucía Araceli Echeto de María, "Uribe debía obedecer las órdenes que le impartía, caso contrario era pasible de un sumario." Finalmente, el tribunal aclaró que "la circunstancia agravante que el recurrente discute configura una pauta aumentativa a ser considerada al momento de individualizar la pena en tanto quedó demostrado el aprovechamiento de la situación en las condiciones específicas del despliegue de su conducta" y que "se enmarca dentro de las previsiones del artículo 41 inciso 1 del Código Penal, al aludir a los medios empleados para llevar adelante la acción." Respecto a la falta de reglas fijas para dosimetría penal, el tribunal citó jurisprudencia provincial: "es doctrina legal de esta Corte que el digesto sustantivo no contiene un determinado punto de ingreso a la escala para efectuar la dosimetría."

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