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.................... S/RECURSO DE CASACION

La defensa oficial de un interno promovió recurso de casación contra la confirmación de la denegatoria de inclusión en régimen de salidas transitorias. El Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso por falta de agravios federales suficientes y ausencia de arbitrariedad en la decisión de la Cámara.

Recurso de casacion Salidas transitorias Ejecucion penal Derecho a recurrir Agravios federales Arbitrariedad Libertad personal Convencion americana de derechos humanos Admisibilidad procesal Precedentes casatorios.

Quién demanda: Defensa Oficial de Juan Hugo Adrián Chiessa (interno penado)

¿A quién se demanda?

Estado (a través de las decisiones judiciales que denegaron las salidas transitorias)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revocación de la sentencia de la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Morón que confirmó el auto del Juzgado de Ejecución Penal Nº1 que no hizo lugar a la inclusión de Chiessa en el régimen de salidas transitorias. La defensa denunció que el temperamento era arbitrario, que no fueron ponderados correctamente los informes criminológicos y que la decisión provocaba un gravamen de imposible reparación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto, confirmando la denegatoria de salidas transitorias. Fundamentos principales de la decisión: "Si bien es cierto que la literalidad de la regla del artículo 450 del rito no abarca ordinariamente el supuesto bajo examen, no lo es menos que la naturaleza de la decisión en crisis -en tanto se trata de resoluciones que denieguen o restrinjan la libertad personal
- debido a sus implicancias materiales debe, por un lado, estar alcanzada por el derecho al recurso consagrado en los artículos 8.2 h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos". "De la compulsa de los argumentos no se advierte ni el sustrato material ni la acreditación de un agravio federal suficiente con entidad para excepcionar las limitaciones del artículo 450 del digesto de forma, situación que -dicho sea de paso
- tampoco y por fuera de aquellos es observada por la Sala." "La defensa oficial no logró demostrar que los argumentos expuestos en el recurso de casación configuraran tópicos de índole constitucional desarrollados con la carga técnica necesaria para superar el contralor de admisibilidad que exigen los precedentes 'Strada', 'Di Mascio' y 'Christou' de la Corte nacional, ni su relación directa e inmediata con el fallo de la Cámara de Apelación y Garantías que confirmó la resolución de primera instancia. Tampoco advierto arbitrariedad en la resolución atacada. En ese marco, los colegas de la instancia anterior fundaron su temperamento en los aspectos desfavorables que surgen de la vida en detención del penado que, por el momento, dan razonado fundamento a la denegatoria resuelta; siendo lo requerido una cuestión reeditable."

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