K M E SOL.A B D J S/ ALIMENTOS
El demandante solicitó una cuota alimentaria del 40% de los ingresos del demandado, con un piso mínimo de 6 SMVM. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo una cuota del 35% de los haberes del alimentante, considerando las necesidades de los niños y la capacidad económica de ambos progenitores.
Actor: M E K, en representación de sus hijos menores. Demandado: D J B. Objeto: Cuota alimentaria del 40% de los ingresos del demandado, con un piso mínimo de 6 SMVM. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia, estableciendo una cuota del 35% de los haberes del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La obligación alimentaria derivada de la responsabilidad parental pesa sobre ambos progenitores y debe ser determinada conforme a las necesidades de los hijos y a la condición y fortuna de quienes deben satisfacerla (arts. 658 y 659 CCC)." "La cuota fijada en el 35 % de los haberes del alimentante no luce excesiva, sino razonable y proporcionada a la entidad de las necesidades acreditadas." "La colaboración de una niñera no neutraliza ese aporte, sino que evidencia la necesidad de cubrir un costo adicional generado por la organización cotidiana del cuidado durante la jornada laboral materna."
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