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MIRANDA ANTONELLA AYELEN C/ DI PIERRO SANTIAGO ALEJANDRO Y OTRO/A S/ DIFERENCIAS SALARIALES

Demanda por diferencias salariales con homologación de conciliación. El Tribunal de Trabajo homologó el desistimiento respecto de uno de los demandados y la conciliación arribada por las partes, regulando honorarios profesionales y ordenando el depósito de tasas de justicia.

Conciliacion laboral Diferencias salariales Homologacion Desistimiento Derechos del trabajador Orden publico laboral Regulacion de honorarios Tasas de justicia Ley 20.744 Tribunal de trabajo

Quién demanda: Miranda Antonella Ayelen

¿A quién se demanda?

Santiago Alejandro Di Pierro y otra persona (demandada cuyo nombre no se especifica en el encabezado)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el desistimiento respecto de Santiago Alejandro Di Pierro y la conciliación celebrada entre las partes, regulando honorarios profesionales y ordenando el pago de tasas de justicia. Fundamentos principales de la decisión: El Juez Carlos Mariano Nuñez expresó: "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." Los jueces JUAN IGNACIO ORSINI y FEDERICO JAVIER ESCOBARES votaron por idénticos conceptos en igual sentido. Disposiciones específicas:
- Homologación del desistimiento respecto de Santiago Alejandro Di Pierro
- Regulación de honorarios de Sergio H. Bungur en 12 IUS más 10% de aportes previsionales, con costas por su orden
- Regulación de honorarios de Patricio Martin Ghione y Sergio Hernan Bungur en 140 IUS cada uno, más 10% de aportes previsionales y 21% de devolución de IVA de corresponder
- Intimación a la demandada para depositar $770.000 por Tasa de Justicia y $38.500 por sobre Tasa en plazo de cinco días
- Ordenamiento de pago mediante transferencia o depósito directo en cuentas bancarias de los beneficiarios conforme Art. 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802

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