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BALDRES MARIA ELIANA C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AI S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

María Eliana Baldres promovió demanda por el reconocimiento de derechos laborales, solicitando el abono de la bonificación por antigüedad. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de varias normas y ordenó el pago del 3% correspondiente a todos los años de servicio.

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Actor: María Eliana Baldres Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Reconocimiento y pago de la bonificación por antigüedad al 3% y diferencias salariales retroactivas. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad de varias normas que limitaban la bonificación y se ordenó el pago correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las normas impugnadas que establecieron la suspensión y disminución del porcentaje correspondiente a la bonificación por antigüedad, no se adoptaron en el contexto de la emergencia declarada por la ley 12.727... la inconstitucionalidad es aún más evidente. Se trata, como sostiene Rivas, 'de la supresión absoluta e indefinida de un derecho adquirido, confiscación que, por esa razón, se encuentra vedada por el art. 17 de la CN'... la disminución en el porcentual de la bonificación constituye un retroceso en la composición de la remuneración, incompatible con el principio consagrado en la constitución provincial y en los tratados internacionales antes citados." "La legislación sub examine ha transgredido esos límites, ya que no impone una limitación razonable y temporaria a la integridad salarial de los agentes públicos, fundada en razones de emergencia y en el interés general." "La excepción a algunos supuestos no contemplados en la norma que reglamenta y no a otros -cuya situación no difiere
- viola el principio de igualdad (art. 11 de la Const. Prov.) toda vez que no se advierten circunstancias relevantes para establecer un tratamiento diferenciado a otros agentes públicos."

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