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LEANZA MARIA BEATRIZ C/ SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La actora demandó a Sancor Cooperativa de Seguros por daños y perjuicios por incumplimiento contractual. El tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes por la suma de $15.000.000, regulando los honorarios de los abogados patrocinantes y condenando en costas a la demandada.

1. homologacion de acuerdo transaccional 2. danos y perjuicios 3. incumplimiento contractual 4. regulacion de honorarios 5. derechos de consumidores 6. ley 24.240 7. condena en costas 8. mediacion 9. transaccion judicial 10. cooperativa de seguros

Quién demanda: Maria Beatriz Leanza

¿A quién se demanda?

Sancor Cooperativa de Seguros Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por incumplimiento contractual (demanda por daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual, con exclusión del Estado)

¿Qué se resolvió?

El tribunal procedió a la homologación del acuerdo transaccional celebrado entre las partes, ratificado por la actora el 09/04/2026 respecto de la gestión cumplida por sus abogados patrocinantes. Se estableció una suma acordada de $15.000.000 como objeto de la transacción. Se regularon los honorarios profesionales, se impusieron costas a la demandada y se dispuso el envío de los autos al Ministerio Fiscal en resguardo de los derechos de los consumidores y usuarios. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal consideró que "Conforme lo requerido y lo que resulta de autos y lo normado por los arts. 162 y 308 del Código Procesal, decrétase la homologación del convenio celebrado entre las partes: actora Maria Beatriz Leanza y citada en garantía Sancor Cooperativa de Seguros Ltda., que da cuenta el escrito adjunto con fecha 11/6/2026 18:56:58, con costas a la citada en garantía Sancor Cooperativa de Seguros Ltda." Respecto de los honorarios, el tribunal reguló conforme lo dispuesto por el art. 21 de la ley 6716, "sobre la base de la suma acordada de $ 15.000.000; convalídanse los honorarios acordados en la escala arancelaria del 20% en favor de los letrado de la parte actora", distribuyendo equitativamente entre los dos abogados patrocinantes (Dr. Augusto José Paulos y Dr. Leandro Benjamín Vampa) la suma de $1.500.000 cada uno, calculados en la unidad "Jus" tomando como referencia el valor de $49.750 fijado por la SCBA. El tribunal, "en virtud de lo normado por los arts. 52 de la Ley 24.240, 27 de la Ley 13.133 y 29 inc. 4° de la Ley 14.442, en resguardo de los derechos de los consumidores y usuarios, pasen los autos en vista al Ministerio Fiscal", evidenciando la naturaleza del litigio que involucraba derechos de consumidores.

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