ACOSTA CARLOS ALBERTO (09) C/ COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA SOCIEDAD ANONIMA Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El Tribunal declaró la caducidad de instancia por incumplimiento del plazo de impulso procesal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial. La sentencia impuso las costas a la parte actora por haber dejado vencer nuevamente el término legal sin realizar actividad procesal útil.
Quién demanda: Parte actora (no identificada en el documento)
¿A quién se demanda?
Parte demandada (no identificada en el documento)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No corresponde
- se trata de un incidente de caducidad de instancia
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la caducidad de instancia en las actuaciones judiciales por vencimiento del plazo legal de impulso procesal.
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal consideró que "con fecha 12 de febrero de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 8 de julio de 2025".
Posteriormente, "luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 25 de febrero de 2026, pero que desde el día 2 de marzo de 2026 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC)".
El Tribunal impuso las costas a la parte actora en su calidad de vencida conforme al art. 68 del CPCC, diferiendo la regulación de honorarios para una vez que gane firmeza el presente resolutorio.
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