SAURINA ANGELA MARIA (72) C/ YBARRA JOSE ANTONIO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El Tribunal declaró la caducidad de instancia por incumplimiento del plazo de impulso procesal establecido en el Código Procesal Civil y Comercial. Se impusieron costas a la parte actora como vencida en el incidente.
Quién demanda: Parte actora (no identificada específicamente en el documento)
¿A quién se demanda?
Parte demandada (no identificada específicamente en el documento)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No corresponde, se trata de un incidente de caducidad de instancia
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de instancia de las actuaciones procedentes, rechazando implícitamente la continuación del proceso por falta de impulso oportuno de la parte actora.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que en fecha 10 de Junio de 2024 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 29 de Noviembre de 2023."
"Sentado ello, y tomando en consideración que luego de la intimación señalada la parte actora ha impulsado debidamente el proceso mediante la presentación de fecha 23 de Junio de 2024, pero que desde el día 10 de Febrero de 2026 ha transcurrido nuevamente el plazo de caducidad previsto para el trámite de las presentes actuaciones (art. 310 del CPCC
- texto según ley 13.986) y no siendo necesaria una nueva intimación; corresponde declarar la caducidad de la instancia (art. 315 del CPCC)."
El Tribunal aplicó los artículos 310, 315 y 316 del Código Procesal Civil y Comercial, constatando que a pesar de la intimación efectuada en junio de 2024 y la actividad procesal de la parte actora en esa fecha, desde febrero de 2026 transcurrió nuevamente el plazo legal de caducidad sin que se realizara actividad procesal útil alguna.
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