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PAREJA GABRIEL JULIO S/ MATERIA A CATEGORIZAR

Se dispone la inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero entre Gabriel Julio Pareja y Ana Lucía Davila Cisneros, contraído en Quito, Ecuador. El Tribunal ordena registrar el acta ante el Registro Provincial de las Personas de La Plata, y regula los honorarios del abogado interviniente en 10 Jus.

Matrimonio en el extranjero Inscripcion registral Reconocimiento de validez Registro provincial de personas Matrimonio ecuatoriano Tramite de homologacion Honorarios profesionales Ley 14967

Quién demanda: El requirente que presenta la solicitud electrónica (identificado por domicilio electrónico 20327147715@notificaciones.scba.gov.ar)

¿A quién se demanda?

Respecto a Gabriel Julio Pareja y Ana Lucía Davila Cisneros, en el marco de un trámite de inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inscripción del matrimonio celebrado en Quito, provincia de Pichincha, República de Ecuador, entre los mencionados contrayentes en el Registro Provincial de las Personas de La Plata

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hace lugar a la solicitud y dispone la inscripción del matrimonio en los registros correspondientes Fundamentos principales: "Atento al estado de autos, y la prueba documental reunida, corresponde inscribir, ante el Registro Provincial de las Personas de la ciudad de La Plata, el matrimonio celebrado en el extranjero
- en Quito provincia de Pichincha de la República de Ecuador
- entre el Sr. Gabriel Julio Pareja y Ana Lucía Davila Cisneros
- tal como se solicita en la presentación electrónica del día 17/3/26 (arts. 75 inc. 22 C.N; arts. 2594, 2626, ssgtes. y cctes. del CCCN; art. 77 de la Ley Nacional 26.413; art. 107 de la Ley Provincial 14.078)" El Tribunal fundamenta la decisión en la normativa constitucional (art. 75 inc. 22 CN), en el Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 2594 y 2626 y concordantes), y en la legislación nacional y provincial específica sobre registros de personas. La sentencia también contiene pronunciamiento sobre regulación de honorarios del Dr. Pablo Néstor Acosta, fijados en 10 Jus de conformidad con la Ley 14967, más aportes previsionales del 10% e IVA según corresponda.

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