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BUCCIARELLI, MIGUEL ANGEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

El Tribunal actualizó la sentencia de restricción de capacidad jurídica de Miguel Angel Bucciarelli tras revisar pericias de salud mental. Se mantuvo la capacidad restringida solo para actos de administración o disposición, designando tres apoyos facilitadores y otorgando beneficio de litigar sin gastos.

Capacidad juridica restringida Modelo de apoyo Discapacidad mental Revision trienal Actos de administracion y disposicion Salvaguardas Beneficio de litigar sin gastos Libertad de desplazamiento Prohibicion de contratar Pension no contributiva por invalidez

Quién demanda: La Asesoría de Menores e Incapaces a través de la Defensoría Oficial.

¿A quién se demanda?

Miguel Angel Bucciarelli.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Actualización de la sentencia dictada con fecha 22/8/19 que declaró la capacidad restringida del demandado, conforme lo establece la revisión trienal prevista en la Ley 26.657 y el CPCC.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal mantuvo la restricción de capacidad jurídica, pero efectuó una profunda reconfiguración de su alcance en consonancia con el modelo de apoyo introducido por el Código Civil y Comercial de la Nación. Fundamentos principales: "Que la capacidad jurídica solo puede ser restringida con carácter de excepción y siempre en beneficio de la persona (art. 31 inc b del CCCN), por tanto, la eventual limitación que pudiera establecerse al ejercicio de la capacidad civil, 'siempre debe serlo con contornos acotados, es decir, referidos a actos específicos' (Kemelmajer de Carlucci, Aída
- Fernández, Silvia E.
- Herrera, Marisa, 'Bases para una relectura de la restricción de a la capacidad civil en el nuevo Código', LA LEY 18/08/2015, pág. 1/6)." "Que de la pericia de salud mental surge que el causante tiene como diagnóstico: se encuentra estable. Su condición es crónica, sin progresión esperable, con posibilidad de sostener funcionamiento adaptado con apoyos. Se informa que necesita tratamiento, pero que no requiere internación. Igualmente, se indica que requiere de un acompañante para realizar las tareas comunes de la vida diaria." "Que el CCCN regula la restricción o restricciones en materia de capacidad jurídica bajo el 'modelo de apoyo en la toma de decisiones', autorizando a terceros, quienes actúan como facilitadores del ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad." El Tribunal declaró al demandado plenamente capaz para satisfacer por su propia cuenta sus necesidades de alimentación, higiene, vestimenta, manejo en la vía pública y conocimiento del dinero, así como para el ejercicio del voto. La restricción se circunscribió únicamente a actos de administración o disposición, que deberán realizarse con apoyo de Carlos Oscar Beltramella (DNI 5.497.484), Silvia Angela Beltramella (DNI 22.305.849) y Carmela Noemí Bucciarelli (DNI 6.209.536). Se estableció como salvaguarda la obligación de que los apoyos rindan cuentas semestralmente, se decretó medida cautelar de prohibición de contratar sin apoyo, se reconoció libertad de desplazamiento, y se otorgó beneficio de litigar sin gastos. Asimismo, se ordenó actualización de pericias cada tres años y comunicación a A.N.Dis. y ANSES para garantizar continuidad de prestaciones por invalidez.

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