MAC DONNELL ALBERTO RAUL C/ ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A S/ EJECUCION HONORARIOS
El actor promovió ejecución de honorarios contra la aseguradora por la suma de $ 8.250,00 en concepto de honorarios y aportes derivados de su actuación como perito médico. El Tribunal mandó a llevar adelante la ejecución, fijando la mora en el 07/11/2019 y ordenando el cálculo de intereses a la Tasa Pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde dicha fecha.
Quién demanda: Alberto Mac Donnell, abogado y perito médico.
¿A quién se demanda?
Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios por la suma de Pesos Ocho Mil Doscientos Cincuenta ($ 8.250,00), comprensivo de honorarios y aportes previsionales ($ 7.500,00 de honorarios más 10% de aportes), derivados de su actuación como perito médico en el expediente caratulado "PARED NORMA ITATI C/ OSSOLA SILVINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC. ESTADO)" Expte. Nº JU-5176-2016. Los honorarios fueron regulados judicialmente mediante sentencia homologatoria de fecha 28/11/2017, donde se impusieron las costas a la ejecutada.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal mandó a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la ejecutada haga íntegro pago del capital nominal reclamado en la suma de $ 8.250,00, con más los intereses, costos y costas del proceso. Se fijó la fecha de mora en el 07/11/2019. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal determinó que se encontraban cumplidos los requisitos para llevar adelante la ejecución, conforme establece el art. 504 del CPCC: "se ha trabado embargo, según surge de la contestación de oficio obrante en archivo adjunto al escrito de fecha 22/12/2025, y el ejecutado ha sido debidamente citado de venta, de conformidad con la cédula referida precedentemente, sin haber opuesto en tiempo oportuno alguna de las excepciones previstas en el art. 504 del CPCC, por lo cual, ha perdido el derecho que ha dejado de usar". Respecto a la determinación de la mora, el Tribunal estableció: "Una vez firme la providencia regulatoria, el obligado tendrá un plazo de 10 días para su pago que, por aplicación del principio general que consagra el Código Civil, deben ser computados de manera corrida". De las constancias obrantes en autos surge que la regulación de honorarios fue notificada a la ejecutada en fecha 18/10/2019, habiendo adquirido firmeza el día 28/10/2019, y computado los 10 días que establece el art. 54 de la ley 8904, la mora se produjo el día 07/11/2019, conforme a los arts. 54 y 57 Ley 8904. En cuanto al cálculo de intereses, el Tribunal rechazó la solicitud de aplicar la tasa de interés activa, estableciendo: "conforme lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia Provincial en autos: 'Wagner, Leonardo s/ ejecución de honorarios', los mismos se deberán computar a la Tasa Pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósitos a treinta (30) días, desde la fecha de mora ocurrida el día 07/11/2019 y hasta el efectivo pago".
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