INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS L, G. A SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR
La fiscalía especializada en violencia de género apelóla negativa de detención del imputado y allanamiento de domicilios en una causa por hostigamiento e intimidación. La Cámara rechazó in limine el recurso al considerar que las decisiones sobre medidas de coerción personal no ocasionan gravamen irreparable que habilite la vía recursiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dra. Claudia Barcia, Fiscal a cargo de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género PCyF N° 16 Demandado: G. A. L (imputado) Objeto del reclamo: Apelación contra la resolución que rechazó el pedido de detención del imputado, allanamiento de domicilios y secuestro de dispositivos electrónicos en causa por hostigamiento, intimidación y desobediencia a medidas de restricción en contexto de violencia de género. Decisión del tribunal: La Cámara rechazó in limine el recurso de apelación. Fundamentos principales: Los jueces Cavaliere y Bosch sostuvieron: "En primer término, en lo atinente al rechazo de la solicitud de detención del imputado, cabe señalar que decisiones de esa naturaleza —ya sea que dispongan la medida o la denieguen— no ocasionan, por regla, un gravamen irreparable que habilite la vía recursiva intentada. En el caso, no se han agotado las distintas herramientas procesales que el Ministerio Público Fiscal tiene a su disposición a efectos de asegurar la comparecencia de quien se indica como responsable de los hechos investigados." Asimismo expresaron: "En reiteradas oportunidades hemos sostenido que las decisiones que autorizan o rechazan diligencias probatorias solicitadas por las partes no habilitan, como principio general, la vía recursiva intentada, por tratarse de cuestiones de exclusivo resorte jurisdiccional. En el caso, la resolución cuestionada no importó una negativa definitiva a la obtención de los elementos pretendidos, sino únicamente el rechazo de la medida en las particulares condiciones en que fue requerida." Voto en disidencia: El juez Sergio Delgado disintió, considerando que dadas las particularidades del caso, la naturaleza de los hechos investigados (violencia de género) y los agravios introducidos, el recurso de apelación superaba el examen formal de admisibilidad y correspondía habilitar su tratamiento.
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