.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Defensa Oficial interpuso recurso de casación contra el rechazo de la libertad condicional de Lucas Martín Panzuto. El Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso por falta de cuestión federal y ausencia de arbitrariedad manifiesta, confirmando la decisión de instancias anteriores que denegaron el beneficio por informe técnico desfavorable.
Quién demanda: Defensa Oficial de Lucas Martín Panzuto
¿A quién se demanda?
El Estado (a través de las decisiones de denegación de libertad condicional)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La procedencia de la libertad condicional para Lucas Martín Panzuto, condenado a pena única de 3 años y 7 meses de prisión (7 meses por lesiones leves calificadas en contexto de violencia de género y 3 años en suspenso por robo agravado, amenazas y amenazas coactivas, con vencimiento el 29 de mayo de 2026).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación, manteniéndose la decisión de ambas instancias anteriores que denegaron la libertad condicional.
Fundamentos principales de la decisión:
La mayoría del tribunal (Bouchoux y Maidana) consideró que el recurso de casación resultaba inadmisible. En los términos del doctor Bouchoux: "las resoluciones que deniegan la libertad personal requieren un doble conforme y son contempladas por el artículo 450 como resoluciones recurribles, equiparables a sentencia definitiva. La regla del tercer párrafo de dicho artículo debe interpretarse como habilitación para que este Tribunal intervenga en los casos en que la alzada de garantía revoque la decisión de primera instancia, o bien en supuestos en los que -aun cuando exista el doble conforme
- se advierta un agravio de naturaleza federal, sea por discutirse el contenido y alcance de una norma constitucional o bien porque se presente una situación de arbitrariedad manifiesta, entendiendo por tal aquella que suponga una omisión o desacierto de gravedad extrema que descalifique el pronunciamiento como acto jurisdiccional."
Señaló además que "en el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Ejecución interviniente como la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental se expidieron en el mismo sentido frente al pedido efectuado por la parte. A ello debe añadirse que no se advierte liminarmente, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por este carril."
Respecto al fondo, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Morón —cuya decisión se mantuvo— fundamentó el rechazo de la libertad condicional en que el artículo 13 del Código Penal exige un informe técnico favorable para la reinserción social, y Panzuto contaba con un informe desfavorable del Departamento Técnico Criminológico que destacaba "retroceso en las áreas de tratamiento" y estimaba "necesario que continuara en los dispositivos que integra y se incorporara en los espacios de formación de oficios y en las actividades culturales" para adquirir mayores herramientas. El informe también señaló que no registraba materias aprobadas en la carrera de Periodismo pese a estar inscripto desde 2023, y recomendó participación en espacios de tratamiento terapéutico individual debido a la condena por delito en contexto de violencia de género.
La defensa alegaba conducta ejemplar, concepto bueno, ausencia de sanciones disciplinarias, desarrollo de actividades laborales diversas, cursos realizados y participación en la Ley Micaela, argumentando que estos aspectos positivos no fueron adecuadamente valorados y que la exigencia de tratamiento psicológico no era determinante para denegar el beneficio. Sin embargo, el tribunal encontró que "los agravios no superan el margen de la mera disidencia de opinión en cuestiones de puro derecho común y procesal, ajenos a las cuestiones federales pretendidas."
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