.................... S/ QUEJA
Tribunal de Casación rechazó queja interpuesta contra denegatoria de recurso de casación en causa por usurpación agravada en grado de tentativa. El tribunal confirmó que el recurso de casación no es procedente contra sentencias de jueces correccionales con intervención de Cámara de Apelación, siendo necesario interponer recursos extraordinarios.
Quién demanda: Defensa particular de Hugo Alberto Caballero, Hugo Damián Caballero y Joana Jaqueline Caballero.
¿A quién se demanda?
En realidad, se cuestiona una decisión judicial (denegatoria de recurso de casación), siendo las sentencias originales contra los nombrados Caballeros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La defensa interpuso recurso de casación contra la sentencia confirmada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Nicolás que condenara a los nombrados a un año y dos meses de prisión, de ejecución condicional, con costas y reglas de conducta, como coautores del delito de usurpación agravada, en grado de tentativa. Ante la denegatoria de este recurso de casación, promovió queja.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Casación rechazó la queja interpuesta, con costas. Confirmó que el recurso de casación fue correctamente denegado.
Fundamentos principales de la decisión:
El doctor Borinsky, en su voto acompañado por el doctor Violini, sostuvo:
"Considero que la queja no prospera pues el recurso de casación sólo puede deducirse contra las sentencias definitivas de juicio oral, procedimiento abreviado y directísimo en materia criminal y los restantes supuestos detallados en el elenco del artículo 450 del Código Procesal Penal, que no son el caso, pues la sentencia condenatoria que aquí se pretende cuestionar proviene del Juez Correccional, con la intervención posterior de la Cámara."
El tribunal destacó que la defensa incurrió en un error procesal grave: "los agravios expuestos en la presentación inicial por el defensor, parcializando el contenido de las normas vigentes e insistiendo en sus razones, sin hacerse cargo de la motivación dada por la Cámara al declarar tal inadmisibilidad recursiva, no prosperan, debiendo haber el recurrente articulado alguno de los recursos extraordinarios legalmente previstos."
El tribunal citó precedente de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires (causa P. 141.139-RC, del 28 de agosto de 2025) que señaló respecto a supuesto similar: "El primer -y grave
- error procesal es que la señora defensora oficial del joven presentó un recurso de casación para cuestionar la decisión anterior. Es decir (.) presentó una impugnación que no rige para el esquema de la especialidad en materia correccional."
Finalmente, desestimó también el pedido de audiencia previa que formulara la defensa, reiterado en nueva presentación, considerándolo improcedente conforme artículo 465 del Código Procesal Penal.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: