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GALARZA, MARCELO ARIEL C/LABORATORIO ECZANE PHARMA S.A. S/DESPIDO

El actor promovió acción por despido contra Laboratorio Eczane Pharma S.A. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por seis millones de pesos a pagarse en dos cuotas mensuales, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios profesionales.

Conciliacion Despido Homologacion Acuerdo Cosa juzgada Costas Honorarios Insolvencia Mora Deposito bancario

Quién demanda: Galarza, Marcelo Ariel

¿A quién se demanda?

Laboratorio Eczane Pharma S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La demanda versa sobre un caso de despido.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes de común acuerdo, resolviendo así el conflicto mediante conciliación. Fundamentos principales de la decisión: Conforme al voto de la juez Bocchio: "Las partes de común acuerdo han llegado a una conciliación en la presente causa, de la que instruye el acta que antecede de fecha 18/5/26. No existe a mi juicio, impedimento legal para que se dicte sentencia homologando la conciliación mencionada que pone fin al pleito y en la forma dispuesta por el art. 15 de la Ley 20.744 y 309 del C.P.C.C., de modo que las partes tengan a su favor una declaración de certeza y gocen de los beneficios de la cosa juzgada, sobre todo cuando se trata de derechos litigiosos y se ha arribado a una justa composición de los mismos." El acuerdo conciliatorio asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), que la demandada se allana a pagar "sin reconocer hechos ni derechos y al solo efecto conciliatorio", mediante depósito en cuenta bancaria del actor en DOS CUOTAS MENSUALES, CONSECUTIVAS E IGUALES DE PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) a pagarse los días 01/06/26 y 01/07/26. Se estableció que en caso de demora o incumplimiento en el pago se producirá "mora cuanto caducidad automáticas de los plazos pendientes, devengándose una sanción equivalente a una vez y media la tasa activa promedio del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones a treinta días en pesos". El Tribunal reguló los honorarios profesionales: Dr. Pablo Gustavo Kiel (letrado actor) en $1.200.000 y Dra. Sabrina Andrea Gómez (letrada demandada) en $1.200.000, más 10% Ley 8455 e IVA. Las costas fueron impuestas a la demandada conforme lo convenido. Se eximió a las partes del pago de tasa de justicia.

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