SALAZAR LEONARDO GABRIEL C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución de comisión médica por incapacidad derivada de accidente laboral in itinere sufrido el 13/9/23. El Tribunal hizo lugar a la demanda, reconoció incapacidad permanente del 6,44% y condenó a la aseguradora al pago de $15.162.247 conforme a la Ley 27.348.
Quién demanda: Leonardo Gabriel Salazar, nacido el 4/01/95, trabajador que se desempeñaba para BIOMAS SA.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.U., aseguradora de riesgos del trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la resolución dictada por la Comisión Médica Jurisdiccional que estableció la inexistencia de incapacidad vinculada al accidente laboral sufrido el 13/9/23. El actor reclamó el reconocimiento de incapacidad psicofísica estimada en 25% y la prestación del art. 14 de la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la acción, estableciendo que el Sr. Leonardo Gabriel Salazar es portador de incapacidad parcial, permanente y definitiva del 6,44% de la TO causada por la contingencia laboral. Condenó a SWISS MEDICAL ART S.A.U a pagar la suma de $15.162.247 en concepto de indemnización conforme al art. 14 de la Ley 24.557, en el plazo de diez días de notificado el pronunciamiento en la cuenta sueldo del trabajador. Se impusieron las costas a la demandada. Fundamentos principales: "De conformidad con las facultades que confiere el art. 474 del CPCC, merituando la magnitud y la mecánica del siniestro evaluada de acuerdo con la capacidad del evento para producir un impacto psicológico en función de la naturaleza del mismo y las secuelas físicas que el hecho ha ocasionado, propicio que la incapacidad psicológica se determine en un 3% relacionada en esa medida con el siniestro de autos. Atento lo expuesto, por aplicación del baremo vigente determino en autos que la incapacidad vinculada causalmente con el accidente asciende al 6,44% (incapacidad 5,91%, factores 0,53%)." "Entrando a considerar la procedencia de la demanda, habiéndose acreditado que el actor es portador de incapacidad psicofísica del 6,44%, en relación causal con la contingencia denunciada; y la cobertura en los términos de la ley 24.557 el caso encuadra en las previsiones del art. 14 inc. 2 a) de la ley 24.557 por lo que corresponde hacer lugar a la indemnización reclamada." "Señalo que atento los lineamientos de la SCBA en el precedente 'Musychuk' (L.129.800 14-7-2025), a cuyos fundamentos me remito en honor a la brevedad, resultan inaplicables en la especie las previsiones del DNU 669/19." El Tribunal aplicó la Ley 27.348 para el cálculo de la prestación, adicionando al Valor Ingreso Base (VIB) de $714.667,99 los intereses por Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina desde el siniestro hasta la fecha ($1.198.935,05), llegando a un VIB actualizado de $1.913.603,05. "Atento las circunstancias fácticas y jurídicas en que se funda la acción y el modo en que se resuelve, los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora resultan abstractos." El Tribunal desestimó los planteos de inconstitucionalidad por resultar abstractos una vez reconocida la incapacidad y la procedencia de la prestación.
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